Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Asistencia Social. Subvenciones. (2025040040)
Decreto 20/2025, de 1 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para el desarrollo del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa Básico) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cofinanciado por la Unión Europea, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 74
20884
Miércoles 16 de abril de 2025
7.2. OTRAS COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las
administraciones públicas podrán recabar o verificar los datos para la consulta de la titularidad de la
cuenta bancaria correspondiente. Para ello, deberá indicar el sentido de su consentimiento marcando
la casilla correspondiente:
AUTORIZO a la Tesorería de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura a consultar
la titularidad de la cuenta bancaria indicada en la solicitud, por lo que se aporta certificado de titularidad
firmado electrónicamente por la entidad financiera para su registro en el Sistema de Gestión EconómicoFinanciera.
NO AUTORIZO a la Tesorería de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura a
consultar la titularidad de la cuenta bancaria indicada en la solicitud, APORTANDO certificado de titularidad
firmado electrónicamente por la entidad financiera para su registro en el Sistema de Gestión EconómicoFinanciera.
8. DOCUMENTACIÓN QUE NO SE ACOMPAÑA POR OBRAR EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA
Conforme se dispone en el artículo 9.4 del Decreto 20/2025, de 1 de abril, por el que se establecen las bases
reguladoras de concesión de subvenciones para el desarrollo del Programa del Fondo Social Europeo Plus
de Asistencia Material Básica (Programa Básico) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cofinanciado
por la Unión Europea, y se aprueba la primera convocatoria, y en el caso de que los documentos exigidos
no hayan sufrido modificación y no haya transcurrido más de cinco años desde la finalización del
procedimiento al que correspondan (rellenar SOLO cuando la entidad solicitante no aporte la
documentación señalada en el apartado siguiente):
N.º
Documento
Fecha de
presentación
Órgano
administrativo
Número de expediente
8.1 DOCUMENTACIÓN QUE ACOMPAÑA A LA SOLICITUD
En cumplimiento con lo establecido en artículo 9 del Decreto 20/2025, de 1 de abril, por el que se establecen
las bases reguladoras de concesión de subvenciones para el desarrollo del Programa del Fondo Social
Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa Básico) en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
cofinanciado por la Unión Europea, y se aprueba la primera convocatoria, y a efectos exclusivos de
reconocimiento, seguimiento y control de los requisitos para ser beneficiaria de esta subvención, se
acompaña junto a la solicitud la siguiente documentación:
20884
Miércoles 16 de abril de 2025
7.2. OTRAS COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las
administraciones públicas podrán recabar o verificar los datos para la consulta de la titularidad de la
cuenta bancaria correspondiente. Para ello, deberá indicar el sentido de su consentimiento marcando
la casilla correspondiente:
AUTORIZO a la Tesorería de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura a consultar
la titularidad de la cuenta bancaria indicada en la solicitud, por lo que se aporta certificado de titularidad
firmado electrónicamente por la entidad financiera para su registro en el Sistema de Gestión EconómicoFinanciera.
NO AUTORIZO a la Tesorería de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura a
consultar la titularidad de la cuenta bancaria indicada en la solicitud, APORTANDO certificado de titularidad
firmado electrónicamente por la entidad financiera para su registro en el Sistema de Gestión EconómicoFinanciera.
8. DOCUMENTACIÓN QUE NO SE ACOMPAÑA POR OBRAR EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA
Conforme se dispone en el artículo 9.4 del Decreto 20/2025, de 1 de abril, por el que se establecen las bases
reguladoras de concesión de subvenciones para el desarrollo del Programa del Fondo Social Europeo Plus
de Asistencia Material Básica (Programa Básico) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cofinanciado
por la Unión Europea, y se aprueba la primera convocatoria, y en el caso de que los documentos exigidos
no hayan sufrido modificación y no haya transcurrido más de cinco años desde la finalización del
procedimiento al que correspondan (rellenar SOLO cuando la entidad solicitante no aporte la
documentación señalada en el apartado siguiente):
N.º
Documento
Fecha de
presentación
Órgano
administrativo
Número de expediente
8.1 DOCUMENTACIÓN QUE ACOMPAÑA A LA SOLICITUD
En cumplimiento con lo establecido en artículo 9 del Decreto 20/2025, de 1 de abril, por el que se establecen
las bases reguladoras de concesión de subvenciones para el desarrollo del Programa del Fondo Social
Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa Básico) en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
cofinanciado por la Unión Europea, y se aprueba la primera convocatoria, y a efectos exclusivos de
reconocimiento, seguimiento y control de los requisitos para ser beneficiaria de esta subvención, se
acompaña junto a la solicitud la siguiente documentación: