Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Normas Subsidiarias. (2025AC0033)
Acuerdo de 27 de febrero de 2025, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 12 de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal de Navas del Madroño para disminuir la distancia mínima obligatoria a suelo urbano que deben guardar las edificaciones de nueva planta que se sitúen en suelo no urbanizable, estableciéndose en 50 m.
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NÚMERO 74
Miércoles 16 de abril de 2025
21204
ACUERDO de 27 de febrero de 2025, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación
del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación
puntual n.º 12 de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal de
Navas del Madroño para disminuir la distancia mínima obligatoria a suelo
urbano que deben guardar las edificaciones de nueva planta que se sitúen en
suelo no urbanizable, estableciéndose en 50 m. (2025AC0033)
La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura (en adelante CUOTEX),
en sesión celebrada el 27/02/2025, adoptó el siguiente acuerdo sobre el asunto epigrafiado:
I. Antecedentes.
El asunto de referencia se aprobó inicialmente en sesión del Pleno municipal de 06/08/2024
y, una vez sometido a información pública mediante publicación en el Diario Oficial de
Extremadura de 20/08/2024 y en sede electrónica, sin haberse presentado alegaciones
según certificado de su Secretaría municipal, se aprobó provisionalmente el 27/01/2025.
El expediente contiene los informes favorables, condicionados y de no afectación a sus
intereses de los órganos sectoriales afectados.
Consta su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental previsto en la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que ha dado como resultado la formulación del informe ambiental estratégico el
04/12/2024.
II. Competencia.
Navas del Madroño no dispone de un plan general municipal adaptado a las determinaciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (en adelante LOTUS), por lo que es de aplicación el apartado 3.f de
su disposición transitoria segunda que, en la redacción dada por la Ley 3/2022, de 17 de
marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, establece que le
corresponde a la Comunidad Autónoma la aprobación definitiva de las modificaciones de la
ordenación estructural del planeamiento general y las de carácter detallado al municipio. A
estos efectos se entenderá por determinaciones de ordenación estructural y detallada las
relacionadas en el artículo 45 de la LOTUS. Cuando no sea posible deslindar las determinaciones de una y otra naturaleza, la competencia corresponderá a la Comunidad Autónoma.
La modificación que se tramita afecta a la ordenación y regulación del suelo rústico, por lo
que, tratándose de una determinación de la ordenación estructural del municipio según el
artículo 51.2 del Decreto 143/2001, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Regla-
Miércoles 16 de abril de 2025
21204
ACUERDO de 27 de febrero de 2025, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación
del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación
puntual n.º 12 de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal de
Navas del Madroño para disminuir la distancia mínima obligatoria a suelo
urbano que deben guardar las edificaciones de nueva planta que se sitúen en
suelo no urbanizable, estableciéndose en 50 m. (2025AC0033)
La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura (en adelante CUOTEX),
en sesión celebrada el 27/02/2025, adoptó el siguiente acuerdo sobre el asunto epigrafiado:
I. Antecedentes.
El asunto de referencia se aprobó inicialmente en sesión del Pleno municipal de 06/08/2024
y, una vez sometido a información pública mediante publicación en el Diario Oficial de
Extremadura de 20/08/2024 y en sede electrónica, sin haberse presentado alegaciones
según certificado de su Secretaría municipal, se aprobó provisionalmente el 27/01/2025.
El expediente contiene los informes favorables, condicionados y de no afectación a sus
intereses de los órganos sectoriales afectados.
Consta su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental previsto en la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que ha dado como resultado la formulación del informe ambiental estratégico el
04/12/2024.
II. Competencia.
Navas del Madroño no dispone de un plan general municipal adaptado a las determinaciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (en adelante LOTUS), por lo que es de aplicación el apartado 3.f de
su disposición transitoria segunda que, en la redacción dada por la Ley 3/2022, de 17 de
marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, establece que le
corresponde a la Comunidad Autónoma la aprobación definitiva de las modificaciones de la
ordenación estructural del planeamiento general y las de carácter detallado al municipio. A
estos efectos se entenderá por determinaciones de ordenación estructural y detallada las
relacionadas en el artículo 45 de la LOTUS. Cuando no sea posible deslindar las determinaciones de una y otra naturaleza, la competencia corresponderá a la Comunidad Autónoma.
La modificación que se tramita afecta a la ordenación y regulación del suelo rústico, por lo
que, tratándose de una determinación de la ordenación estructural del municipio según el
artículo 51.2 del Decreto 143/2001, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Regla-