Ayuntamiento De Badajoz. Planeamiento. (2025080631)
Anuncio de 3 de abril de 2025 sobre aprobación definitiva de la modificación puntual de la ordenación detallada OD-01/2024 del Plan General Municipal.
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NÚMERO 73
20811
Martes 15 de abril de 2025
1. En viviendas unifamiliares los m2 edificables incluyen el uso residencial, uso garaje y uso
trastero.
2. E
n tipología EA y ESE. Parcela mínima: 400 m2. Fachada, Fondo y Círculo inscrito: 16 m.
3. R
etranqueos a medianeras 5 metros.
4. R
etranqueos a medianeras 7 metros.
5. O
tras condiciones particulares de Edificación Abierta (EA):
5.1. Voladizos: Solo se permitirán, los abiertos por sus tres lados, con una longitud máxima de vuelo de 1,25 m. y una altura libre mínima sobre la rasante del acerado de 3,20 m.
5.2. Semisótano: Al objeto de absorber las diferencias de nivel provocadas por la topografía del terreno, se entiende por semisótano toda la planta enterrada semienterrada
siempre que la cara superior del forjado este a menos de 1,60 m. por encima del nivel del
acerado, medido en el punto de acceso al portal del edificio, pudiendo en otro punto de su
perímetro superara esta medida.
5.3. Números de plantas: Ante las importantes diferencias de nivel que se producen entre
calles paralelas debidas a la topografía del terreno, el número de plantas se contabilizará
en la fachada por la que se acceda al portal del edificio.
6. L
ocal comercial en planta baja y primera.
NOTA:
• VPO-RE: viviendas protegidas, del programa especial de vivienda, artículo12, Decreto
41/2004.
• VPO-RM: viviendas protegidas, del programa de vivienda media, artículo17, Decreto
41/2004.
SECCIÓN 3.ª: NUS 22. PARTICULARIDADES.
Artículo 4.6.3. Condiciones de desarrollo y de la ordenación detallada establecida (E) M-OE02/2014.
Las condiciones de desarrollo y de la ordenación detallada establecida son las que figuran en
el Proyecto de Interés Regional denominado “Plataforma Logística del Suroeste Europeo 1.ª
fase”, a las cuales se remiten las presentes Normas Urbanísticas.
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Martes 15 de abril de 2025
1. En viviendas unifamiliares los m2 edificables incluyen el uso residencial, uso garaje y uso
trastero.
2. E
n tipología EA y ESE. Parcela mínima: 400 m2. Fachada, Fondo y Círculo inscrito: 16 m.
3. R
etranqueos a medianeras 5 metros.
4. R
etranqueos a medianeras 7 metros.
5. O
tras condiciones particulares de Edificación Abierta (EA):
5.1. Voladizos: Solo se permitirán, los abiertos por sus tres lados, con una longitud máxima de vuelo de 1,25 m. y una altura libre mínima sobre la rasante del acerado de 3,20 m.
5.2. Semisótano: Al objeto de absorber las diferencias de nivel provocadas por la topografía del terreno, se entiende por semisótano toda la planta enterrada semienterrada
siempre que la cara superior del forjado este a menos de 1,60 m. por encima del nivel del
acerado, medido en el punto de acceso al portal del edificio, pudiendo en otro punto de su
perímetro superara esta medida.
5.3. Números de plantas: Ante las importantes diferencias de nivel que se producen entre
calles paralelas debidas a la topografía del terreno, el número de plantas se contabilizará
en la fachada por la que se acceda al portal del edificio.
6. L
ocal comercial en planta baja y primera.
NOTA:
• VPO-RE: viviendas protegidas, del programa especial de vivienda, artículo12, Decreto
41/2004.
• VPO-RM: viviendas protegidas, del programa de vivienda media, artículo17, Decreto
41/2004.
SECCIÓN 3.ª: NUS 22. PARTICULARIDADES.
Artículo 4.6.3. Condiciones de desarrollo y de la ordenación detallada establecida (E) M-OE02/2014.
Las condiciones de desarrollo y de la ordenación detallada establecida son las que figuran en
el Proyecto de Interés Regional denominado “Plataforma Logística del Suroeste Europeo 1.ª
fase”, a las cuales se remiten las presentes Normas Urbanísticas.
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