Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2025061428)
Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género.
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NÚMERO 72
Lunes 14 de abril de 2025
d.
19898
Alta de Terceros, si no está actualizada y disponible en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura,
cuyo modelo está disponible en el siguiente enlace: https://www.juntaex.es/w/5145
No será necesario aportar este modelo si como consecuencia de pagos realizados con anterioridad, ya
estuvieran dados de alta los datos identificativos y bancarios por los que de nuevo se optara para el
cobro.
Si alguno de los documentos exigidos ya estuviese en poder de la administración, la solicitante no estará obligada a aportarlo,
siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fue presentado, no hayan transcurrido más
de cuatro años desde la finalización del procedimiento de concesión que corresponda y no hayan sido modificados. En
este supuesto, la persona que ostente la representación legal dejará constancia de tal extremo.
Documento
Entidad/Órgano/Dependencia
Fecha de su Presentación
ADVERTENCIA: La falsedad en los datos de la solicitud o de la documentación que la acompaña dará lugar a la pérdida total de la
ayuda, reservándose la Administración las actuaciones pertinentes.
En _____________________________, a ____ de _____________ de ______________
(Firma de la Representante Legal)
A LA SECRETARIA GENERAL DE IGUALDAD Y CONCILIACIÓN DE LA PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE
EXTREMADURA (UAD A11045977)
Lunes 14 de abril de 2025
d.
19898
Alta de Terceros, si no está actualizada y disponible en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura,
cuyo modelo está disponible en el siguiente enlace: https://www.juntaex.es/w/5145
No será necesario aportar este modelo si como consecuencia de pagos realizados con anterioridad, ya
estuvieran dados de alta los datos identificativos y bancarios por los que de nuevo se optara para el
cobro.
Si alguno de los documentos exigidos ya estuviese en poder de la administración, la solicitante no estará obligada a aportarlo,
siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fue presentado, no hayan transcurrido más
de cuatro años desde la finalización del procedimiento de concesión que corresponda y no hayan sido modificados. En
este supuesto, la persona que ostente la representación legal dejará constancia de tal extremo.
Documento
Entidad/Órgano/Dependencia
Fecha de su Presentación
ADVERTENCIA: La falsedad en los datos de la solicitud o de la documentación que la acompaña dará lugar a la pérdida total de la
ayuda, reservándose la Administración las actuaciones pertinentes.
En _____________________________, a ____ de _____________ de ______________
(Firma de la Representante Legal)
A LA SECRETARIA GENERAL DE IGUALDAD Y CONCILIACIÓN DE LA PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE
EXTREMADURA (UAD A11045977)