Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061405)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de ampliación de instalación solar fotovoltaica de autoconsumo "Deutz Spain", a realizar en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez (Badajoz). Expte.: IA24/0096.
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NÚMERO 72
Lunes 14 de abril de 2025
20067
RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de
ampliación de instalación solar fotovoltaica de autoconsumo "Deutz Spain",
a realizar en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez (Badajoz).
Expte.: IA24/0096. (2025061405)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de
impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el
proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su
sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la
subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El proyecto de instalación solar fotovoltaica de autoconsumo (en adelante, ISFA) de 3.326,4
kWp y 5,3 ha de ocupación, en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez (Badajoz) se
encuentra sometido a evaluación de impacto ambiental simplificada por estar comprendido
en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, debido a que se encuadra en el anexo II, grupo 4, apartado j) del
Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, por el que se modifican los anexos I, II y III de la Ley
21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Así mismo, el proyecto también es encuadrable en el anexo II, grupo 4, apartado b) del precitado Real Decreto 445/2003, concretamente, por la construcción de una línea eléctrica subterránea a menos de 200 m de población o de 100 m de viviendas aisladas en alguna parte de
su recorrido, y con un trazado que no discurre íntegramente por suelo urbanizado.
El promotor del proyecto es Deutz Spain, SA, con CIF A06000293 y con domicilio social en
carretera Badajoz–Granada, km 74.6, 06300, Zafra (Badajoz).
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante, DGS) de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.6
del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Actúa como órgano sustantivo la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
Lunes 14 de abril de 2025
20067
RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de
ampliación de instalación solar fotovoltaica de autoconsumo "Deutz Spain",
a realizar en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez (Badajoz).
Expte.: IA24/0096. (2025061405)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de
impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el
proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su
sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la
subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El proyecto de instalación solar fotovoltaica de autoconsumo (en adelante, ISFA) de 3.326,4
kWp y 5,3 ha de ocupación, en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez (Badajoz) se
encuentra sometido a evaluación de impacto ambiental simplificada por estar comprendido
en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, debido a que se encuadra en el anexo II, grupo 4, apartado j) del
Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, por el que se modifican los anexos I, II y III de la Ley
21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Así mismo, el proyecto también es encuadrable en el anexo II, grupo 4, apartado b) del precitado Real Decreto 445/2003, concretamente, por la construcción de una línea eléctrica subterránea a menos de 200 m de población o de 100 m de viviendas aisladas en alguna parte de
su recorrido, y con un trazado que no discurre íntegramente por suelo urbanizado.
El promotor del proyecto es Deutz Spain, SA, con CIF A06000293 y con domicilio social en
carretera Badajoz–Granada, km 74.6, 06300, Zafra (Badajoz).
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante, DGS) de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.6
del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Actúa como órgano sustantivo la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes: