Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061407)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de balsa de evaporación en el término municipal de Aceuchal, cuya promotora es Bodegas Romale, SL. Expte.: IA24/1953.
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NÚMERO 72
Lunes 14 de abril de 2025
20123
por la misma, se notificará tal circunstancia al personal técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y/o a la coordinación de los agentes de la Unidad Territorial de
Vigilancia de la zona, que darán las indicaciones oportunas.
— Realización de una prospección arqueológica con carácter intensivo que será llevada
a cabo por técnicos especializados en toda la zona de afección, así como áreas de
servidumbres, zonas de paso para maquinaria, acopios y préstamos para localizar,
delimitar y caracterizar los yacimientos arqueológicos, paleontológicos o elementos
etnográficos que pudieran localizarse a tenor de estos trabajos. La finalidad de estas
actuaciones previas será determinar con el mayor rigor posible la afección del proyecto respecto a los elementos patrimoniales detectados. Una vez recibido el informe señalado, se cursará, si procede, visita de evaluación con carácter previo y con
posterioridad, se emitirá por técnicos del Servicio de Patrimonio Cultural y Archivos
Históricos el preceptivo documento de viabilidad arqueológica con indicación de los
criterios técnicos y metodológicos que deberán adoptarse por la promotora para el
correcto desarrollo de la actividad propuesta.
— La conclusión de los trabajos se comunicará a la coordinación de los agentes de la
Unidad Territorial de Vigilancia número 7, con el fin comprobar que los trabajos se
han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.
— Si como consecuencia del desarrollo de la actividad se produjese degradación física
y/o química del suelo o contaminación de las aguas, será responsabilidad de la promotora, el cual deberá adoptar las medidas correspondientes para la recuperación
del medio.
— Respecto a la ubicación y construcción, se atenderá a lo establecido en la normativa
urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo al Ayuntamiento de Aceuchal y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias en estas
materias.
b. M
edidas en la fase de construcción.
— Previamente al inicio de las obras se procederá al replanteo y jalonamiento de toda
la superficie ocupada para así evitar daños a zonas adyacentes.
— Se procederá previamente al inicio de los correspondientes movimientos de tierra a
la retirada selectiva del substrato edáfico para su utilización en las labores de restauración del terreno.
— Los movimientos de tierra se limitarán a los necesarios para la construcción de las
instalaciones. Estos se limitarán a la zona de obras, estando prohibida la realización
Lunes 14 de abril de 2025
20123
por la misma, se notificará tal circunstancia al personal técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y/o a la coordinación de los agentes de la Unidad Territorial de
Vigilancia de la zona, que darán las indicaciones oportunas.
— Realización de una prospección arqueológica con carácter intensivo que será llevada
a cabo por técnicos especializados en toda la zona de afección, así como áreas de
servidumbres, zonas de paso para maquinaria, acopios y préstamos para localizar,
delimitar y caracterizar los yacimientos arqueológicos, paleontológicos o elementos
etnográficos que pudieran localizarse a tenor de estos trabajos. La finalidad de estas
actuaciones previas será determinar con el mayor rigor posible la afección del proyecto respecto a los elementos patrimoniales detectados. Una vez recibido el informe señalado, se cursará, si procede, visita de evaluación con carácter previo y con
posterioridad, se emitirá por técnicos del Servicio de Patrimonio Cultural y Archivos
Históricos el preceptivo documento de viabilidad arqueológica con indicación de los
criterios técnicos y metodológicos que deberán adoptarse por la promotora para el
correcto desarrollo de la actividad propuesta.
— La conclusión de los trabajos se comunicará a la coordinación de los agentes de la
Unidad Territorial de Vigilancia número 7, con el fin comprobar que los trabajos se
han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.
— Si como consecuencia del desarrollo de la actividad se produjese degradación física
y/o química del suelo o contaminación de las aguas, será responsabilidad de la promotora, el cual deberá adoptar las medidas correspondientes para la recuperación
del medio.
— Respecto a la ubicación y construcción, se atenderá a lo establecido en la normativa
urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo al Ayuntamiento de Aceuchal y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias en estas
materias.
b. M
edidas en la fase de construcción.
— Previamente al inicio de las obras se procederá al replanteo y jalonamiento de toda
la superficie ocupada para así evitar daños a zonas adyacentes.
— Se procederá previamente al inicio de los correspondientes movimientos de tierra a
la retirada selectiva del substrato edáfico para su utilización en las labores de restauración del terreno.
— Los movimientos de tierra se limitarán a los necesarios para la construcción de las
instalaciones. Estos se limitarán a la zona de obras, estando prohibida la realización