Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2025061429)
Resolución de 2 de abril de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de sensibilización y prevención de la violencia de género.
35 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 72
Lunes 14 de abril de 2025

19911

aprueban las tablas retributivas del personal del ámbito de la Administración General
de la Junta de Extremadura, personal laboral, para cada grupo profesional, categoría y
especialidad, aplicables al año 2025.
b) Gastos de manutención, alojamiento y transporte:
Se incluirán en este apartado los estrictamente vinculados al desarrollo de actividades
contempladas en el proyecto. Por estos conceptos se computará, como máximo, las
cuantías recogidas en el Decreto 287/2007, de 3 agosto, de Indemnizaciones por razón
del servicio del personal al servicio de la Junta de Extremadura.
c) Costes Indirectos:
Se incluirán en este apartado los costes indirectos que resulten necesarios y sean imputables al desarrollo de las actividades del proyecto subvencionado. El importe máximo a
imputar a este apartado de Costes Indirectos no podrá ser superior, en su conjunto, al
10% del coste del proyecto subvencionado. Se incluirán dentro de este apartado:
— Los costes de adquisición de material fungible (reprografía, papelería, etc…)
— Gastos de alquiler y suministros que no deriven de la sede social, salvo que en ésta
se realicen las actuaciones del proyecto.
En el supuesto de que las actuaciones se lleven a cabo en la sede social de la entidad
beneficiaria, el importe máximo a imputar como coste indirecto en el apartado de gastos de alquiler y suministros será de un 5% del total del mismo, que en todo caso no
podrá superar el 10% del coste del proyecto subvencionado mencionado anteriormente.
— Gastos de publicidad y promoción de las actividades objeto del proyecto, como anuncios en prensa, cuñas radiofónicas, folletos, carteles…
— Gastos de seguro de responsabilidad civil asociados al proyecto.
d) Ponencias:
Se recogerán en este apartado los gastos de ponentes estrictamente vinculados al
desarrollo de las actividades contempladas en el proyecto subvencionado. Se entenderán como gastos de ponentes exclusivamente los de impartición de horas lectivas,
tanto teóricas como prácticas. En todo caso, el importe máximo por ponente será el
establecido en la normativa vigente a fecha de la convocatoria que regule el baremo de
remuneraciones por colaboración en actividades de formación y perfeccionamiento aplicables a las acciones formativas organizadas por la Escuela de Administración Pública
de Extremadura. Las fracciones de hora se pagarán proporcionalmente.