Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2025061429)
Resolución de 2 de abril de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de sensibilización y prevención de la violencia de género.
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NÚMERO 72
Lunes 14 de abril de 2025
19921
5. R
ealizada la evaluación, la Comisión de Valoración ordenará las solicitudes de acuerdo con
la puntuación y concretará la ayuda para cada entidad solicitante, de acuerdo con las fórmulas establecidas en el Resuelvo Duodécimo de la presente Resolución y dentro del límite
de crédito fijado para la misma.
Duodécimo. Criterios de valoración.
1. E
n los términos establecidos en el artículo 27 de la Orden de 27 de julio de 2022, la valoración de las solicitudes presentadas y admitidas que cumplan los requisitos establecidos
se hará con los criterios siguientes para fijar la procedencia, prelación y cuantía de la subvención:
a) Características de la entidad. Puntuación máxima 40 puntos.
1º. Ámbito territorial de la entidad y de ejecución: hasta 10 puntos.
a) Local: 2 puntos.
b) Comarcal: 4 puntos.
c) Provincial: 6 puntos.
d) Autonómico: 10 puntos.
S
e valorará que la entidad físicamente desarrolle actuaciones en el espacio territorial
lo más amplio posible, teniendo en cuenta el ámbito de actuación establecido en sus
estatutos.
2º. N
úmero previsto de personas beneficiarias del proyecto, directas o indirectas. Hasta
10 puntos.
a) Hasta 30: 4 puntos.
b) De 31 a 60: 6 puntos.
c) Más de 60: 10 puntos.
3º. E
xperiencia en la realización de proyectos en la materia objeto de subvención. Hasta 10 puntos.
a) Hasta 10 años de experiencia: 4 puntos.
b) Entre más de 10 y 15 años: 7 puntos.
Lunes 14 de abril de 2025
19921
5. R
ealizada la evaluación, la Comisión de Valoración ordenará las solicitudes de acuerdo con
la puntuación y concretará la ayuda para cada entidad solicitante, de acuerdo con las fórmulas establecidas en el Resuelvo Duodécimo de la presente Resolución y dentro del límite
de crédito fijado para la misma.
Duodécimo. Criterios de valoración.
1. E
n los términos establecidos en el artículo 27 de la Orden de 27 de julio de 2022, la valoración de las solicitudes presentadas y admitidas que cumplan los requisitos establecidos
se hará con los criterios siguientes para fijar la procedencia, prelación y cuantía de la subvención:
a) Características de la entidad. Puntuación máxima 40 puntos.
1º. Ámbito territorial de la entidad y de ejecución: hasta 10 puntos.
a) Local: 2 puntos.
b) Comarcal: 4 puntos.
c) Provincial: 6 puntos.
d) Autonómico: 10 puntos.
S
e valorará que la entidad físicamente desarrolle actuaciones en el espacio territorial
lo más amplio posible, teniendo en cuenta el ámbito de actuación establecido en sus
estatutos.
2º. N
úmero previsto de personas beneficiarias del proyecto, directas o indirectas. Hasta
10 puntos.
a) Hasta 30: 4 puntos.
b) De 31 a 60: 6 puntos.
c) Más de 60: 10 puntos.
3º. E
xperiencia en la realización de proyectos en la materia objeto de subvención. Hasta 10 puntos.
a) Hasta 10 años de experiencia: 4 puntos.
b) Entre más de 10 y 15 años: 7 puntos.