Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061362)
Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Soterramiento de línea aérea de media tensión "4846-06-La Codosera" y reubicación de los centros de transformación "Puerto Marbanejo (140104400)" y "Quinta del Café (903310099)"", a realizar en el término municipal de La Codosera (Badajoz), cuya promotora es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA24/1700.
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NÚMERO 71
Viernes 11 de abril de 2025

19685

— Con fecha de 23 de octubre de 2024, el Servicio de Ordenación del Territorio emite informe en el que indica que no se detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto
de Interés Regional con aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del
Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, con modificaciones posteriores). Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial general
(Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan
Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés
Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.
— Con fecha de 15 de noviembre de 2024, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural emite informe en el que indica que, la Carta Arqueológica no muestra la existencia de yacimientos arqueológicos en la parcela objeto de intervención, ni
en parcelas anexas. Asimismo, indica que no se conocen incidencias sobre el Patrimonio
Etnológico conocido en la parcela de referencia. No obstante, establecen una medida
preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico no detectado, la cual se
incluirá en el condicionado del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 27 de noviembre de 2024, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y
Áreas Protegidas emite informe en el que indica que la actividad solicitada se encuentra
fuera de la Red Natura 2000 y otras Áreas Protegidas de Extremadura, aunque a unos
500 metros de distancia se localizan los siguientes Espacios de la Red Natura 2000:
— Zona de Especial Conservación (ZEC) “Río Gévora Alto” (ES4310022)”.
— Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) “Nacimiento del Río Gévora”
(ES0000407)”.
Este Servicio informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de
afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén
afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan
las medidas establecidas en su informe, las cuales serán incluidas en el condicionado
del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 20 de noviembre de 2024, la Confederación Hidrográfica del Guadiana
indica en su informe que los cauces del Arroyo Codosero y del Río Gévora discurren a
unos 300 metros de la zona de actuación planteada, por lo que no se prevé afección
física alguna a cauces o lechos de lagos y lagunas que constituyan el Dominio Público
Hidráulico del Estado, ni a las zonas de servidumbre y policía.