Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061332)
Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de modificación de concesión de riego 92/96, pasando de 91,6902 ha a 104,2911 ha en la finca El Rincón, en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.: IA21/0180.
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NÚMERO 70
Jueves 10 de abril de 2025
19295
RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de modificación de concesión de riego 92/96, pasando de 91,6902
ha a 104,2911 ha en la finca El Rincón, en el término municipal de Logrosán
(Cáceres). Expte: IA21/0180. (2025061332)
El proyecto de modificación de concesión de riego 92/96, pasando de 91,6902 ha a 104,2911
ha en la finca El Rincón en el término municipal de Logrosán (Cáceres), pertenece al grupo 1
“Silvicultura, agricultura, ganadería y acuicultura” epígrafe b) “Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales
Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la
regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad” del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la obligación de formular
declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se
adopte para la realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades
comprendidas en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativo
al proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejeríade Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sosteniblede conformidad con lo dispuestoen elartículo 7.1.d) del Decreto233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA),
el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.
A. Identificación de los promotores, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotores y órgano sustantivo del proyecto.
Los promotores del proyecto de modificación de concesión de riego 92/96, pasando de
91,6902 ha a 104,2911 ha en la finca El Rincón en el término municipal de Logrosán (Cáceres), son Moez Ferme, SL, con CIF B-81312902 y Villacu Agrícola, SL, con CIF B-81312936.
El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Jueves 10 de abril de 2025
19295
RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de modificación de concesión de riego 92/96, pasando de 91,6902
ha a 104,2911 ha en la finca El Rincón, en el término municipal de Logrosán
(Cáceres). Expte: IA21/0180. (2025061332)
El proyecto de modificación de concesión de riego 92/96, pasando de 91,6902 ha a 104,2911
ha en la finca El Rincón en el término municipal de Logrosán (Cáceres), pertenece al grupo 1
“Silvicultura, agricultura, ganadería y acuicultura” epígrafe b) “Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales
Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la
regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad” del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la obligación de formular
declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se
adopte para la realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades
comprendidas en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativo
al proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejeríade Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sosteniblede conformidad con lo dispuestoen elartículo 7.1.d) del Decreto233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA),
el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.
A. Identificación de los promotores, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotores y órgano sustantivo del proyecto.
Los promotores del proyecto de modificación de concesión de riego 92/96, pasando de
91,6902 ha a 104,2911 ha en la finca El Rincón en el término municipal de Logrosán (Cáceres), son Moez Ferme, SL, con CIF B-81312902 y Villacu Agrícola, SL, con CIF B-81312936.
El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Guadiana.