Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025061320)
Resolución de 29 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de bodega de vinos, cuya promotora es Bodegas Romale, SL, en el término municipal de Almendralejo.
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NÚMERO 70
19267
Jueves 10 de abril de 2025
3. A
simismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de aceptación de los residuos peligrosos en las instalaciones de tratamiento, valorización o eliminación y los ejemplares de los documentos de control y seguimiento de origen y destino de
los residuos por un periodo de cinco años.
- h - Medidas a aplicar en situaciones anormales de explotación que puedan afectar al medio
ambiente
Fugas, fallos de funcionamiento:
1. E
n caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en la AAU o incidencias ambientales, el titular de la instalación industrial deberá:
— Comunicarlo a la Dirección General de Sostenibilidad en el menor tiempo posible, sin
perjuicio de la correspondiente comunicación por vía ordinaria.
— Adoptar las medidas necesarias para volver a la situación de cumplimiento en el plazo
más breve posible y para evitar la repetición del incidente.
2. E
l titular de la instalación industrial dispondrá de un plan específico de actuaciones y medidas para situaciones de emergencias por funcionamiento con posibles repercusiones en
la calidad del medio ambiente.
3. D
e detectarse fugas en el depósito de almacenamiento de aguas residuales de proceso,
habrán de detener la actividad para su limpieza y reparación en el menor tiempo posible,
para lo cual deberán presentar un programa de trabajos a ejecutar de forma inmediata
ante la DGS.
Paradas temporales y cierre:
4. E
n el caso de paralización definitiva de la actividad o de paralización temporal por plazo
superior a dos años, el titular de la AAU deberá entregar todos los residuos existentes en
la instalación industrial a un gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular, y dejar la instalación industrial
en condiciones adecuadas de higiene medio ambiental.
- i - Prescripciones finales
1. S
egún el artículo 17 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la autorización ambiental unificada objeto de la resolución tendrá una vigencia indefinida, sin perjuicio de la necesidad de obtener o renovar las
diversas autorizaciones sectoriales que sean pertinentes para el ejercicio de la actividad en
los periodos establecidos en esta ley y en la normativa reguladora vigente.
19267
Jueves 10 de abril de 2025
3. A
simismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de aceptación de los residuos peligrosos en las instalaciones de tratamiento, valorización o eliminación y los ejemplares de los documentos de control y seguimiento de origen y destino de
los residuos por un periodo de cinco años.
- h - Medidas a aplicar en situaciones anormales de explotación que puedan afectar al medio
ambiente
Fugas, fallos de funcionamiento:
1. E
n caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en la AAU o incidencias ambientales, el titular de la instalación industrial deberá:
— Comunicarlo a la Dirección General de Sostenibilidad en el menor tiempo posible, sin
perjuicio de la correspondiente comunicación por vía ordinaria.
— Adoptar las medidas necesarias para volver a la situación de cumplimiento en el plazo
más breve posible y para evitar la repetición del incidente.
2. E
l titular de la instalación industrial dispondrá de un plan específico de actuaciones y medidas para situaciones de emergencias por funcionamiento con posibles repercusiones en
la calidad del medio ambiente.
3. D
e detectarse fugas en el depósito de almacenamiento de aguas residuales de proceso,
habrán de detener la actividad para su limpieza y reparación en el menor tiempo posible,
para lo cual deberán presentar un programa de trabajos a ejecutar de forma inmediata
ante la DGS.
Paradas temporales y cierre:
4. E
n el caso de paralización definitiva de la actividad o de paralización temporal por plazo
superior a dos años, el titular de la AAU deberá entregar todos los residuos existentes en
la instalación industrial a un gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular, y dejar la instalación industrial
en condiciones adecuadas de higiene medio ambiental.
- i - Prescripciones finales
1. S
egún el artículo 17 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la autorización ambiental unificada objeto de la resolución tendrá una vigencia indefinida, sin perjuicio de la necesidad de obtener o renovar las
diversas autorizaciones sectoriales que sean pertinentes para el ejercicio de la actividad en
los periodos establecidos en esta ley y en la normativa reguladora vigente.