Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2025060934)
Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior correspondientes al curso 2023/2024.
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NÚMERO 67
Lunes 7 de abril de 2025

18454

La simple cumplimentación de modo telemático de la solicitud a que se refiere el apartado
a) anterior, no comportará el cumplimiento de los trámites de presentación en un registro
oficial o por cualquiera de las formas establecidas en siguiente apartado 4, ni de realizarlo
en el plazo establecido en el apartado 1 de este resuelvo quinto. Por tanto, una vez cumplimentada dicha solicitud, deberá imprimirla y registrarla conforme al punto siguiente, junto
con toda la documentación complementaria, no siendo válida si no se presentara en las
formas previstas en el apartado 4 siguiente. Debe existir plena identidad entre la solicitud
registrada y la solicitud cumplimentada telemáticamente.
4. Una vez cumplimentada la solicitud (anexo I) y, en su caso, anexada la documentación
complementaria, y acorde a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, su presentación, para
participar en esta convocatoria, deberá realizarse:
— En cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía integradas en el Sistema
de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, establecido en el Decreto
257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un sistema de registro único y se
regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluidas en el anexo a la Resolución de 23 de abril de 2021 por la
que se hace pública la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para atender a lo previsto en el
artículo 84bis de la Ley 1/2002 , de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— O, por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
— En el caso de que optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos de España, lo harán en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal
de Correos antes de ser certificada.
— También podrá presentarse de forma telemática a través del registro electrónico general
de la sede electrónica de la Junta de Extremadura, en la dirección habilitada:
https://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO

Para la utilización del referido registro deberá disponer de DNI electrónico o certificado digital.
5. Para el caso de alumnado solicitante de centros sostenidos con fondos públicos, el órgano
gestor recabará de oficio los datos académicos a través de la Plataforma Educativa Ra-