Presidencia De La Junta. Medidas Tributarias. (2025010001)
Ley 1/2025, de 3 de abril, de medidas fiscales urgentes en materia tributaria.
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NÚMERO 67
18123
Lunes 7 de abril de 2025
El núcleo principal de esta Ley está referido, a través del ejercicio de las competencias normativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a la política fiscal sobre vivienda.
En efecto, la vivienda constituye, ante todo, el pilar central del bienestar social en el desarrollo de la vida privada y familiar, configurándose como un derecho reconocido en nuestro
propio texto constitucional. La evolución de precios en el último año ha elevado, por un lado,
el precio de adquisición y, por otro, el coste de los alquileres en nuestra región pese a las
medidas adoptadas a nivel nacional para contener sus precios.
La Constitución española reconoce en el artículo 47 el derecho de carácter social de todos
los ciudadanos, a disfrutar de una vivienda digna y adecuada e impone, seguidamente, a los
poderes públicos el deber de promover las condiciones necesarias que garanticen la igualdad
en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes constitucionales, así como
establecer las normas pertinentes para hacerlos efectivos.
Actualmente, la evolución del mercado de la vivienda en España está dificultando el acceso a
una gran parte de la ciudadanía, con especial incidencia en el colectivo de las personas jóvenes. A ello se suma el comportamiento del mercado del alquiler donde se aprecia una escasez
de la oferta, el incremento de la demanda, la variación de los precios y el porcentaje de renta
que ha de destinarse a su abono, lo que hace que las dificultades de acceso al mercado se
agraven y con ello, la imposibilidad de disponer de una vivienda digna.
Se ha puesto de manifiesto la necesidad de conseguir que el acceso a la vivienda no sea un
derecho inalcanzable para una gran cantidad de ciudadanos de forma que las Administraciones adopten medidas que ayuden a convertir un derecho constitucional en un verdadero
derecho para jóvenes y para aquellos que se encuentran excluidos de la compra o del alquiler
de una vivienda. En fin, se trata de facilitar con las medidas adecuadas que los extremeños
puedan desarrollar su proyecto de vida en el que el acceso a una vivienda digna es un pilar
fundamental.
En este contexto, se considera extraordinaria y urgente la adopción de medidas que contribuyan a reducir el sobre esfuerzo que determinados colectivos con mayores dificultades
económicas están sufriendo como consecuencia de la actualización y revisión de rentas por
viviendas en alquiler.
II
La norma consta de una parte expositiva y de una parte dispositiva estructurada en dos artículos con seis apartados, tres disposiciones adicionales y tres disposiciones finales.
El artículo 1 consta de seis apartados que modifican el Texto Refundido de las disposiciones
legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el
Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril.
18123
Lunes 7 de abril de 2025
El núcleo principal de esta Ley está referido, a través del ejercicio de las competencias normativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a la política fiscal sobre vivienda.
En efecto, la vivienda constituye, ante todo, el pilar central del bienestar social en el desarrollo de la vida privada y familiar, configurándose como un derecho reconocido en nuestro
propio texto constitucional. La evolución de precios en el último año ha elevado, por un lado,
el precio de adquisición y, por otro, el coste de los alquileres en nuestra región pese a las
medidas adoptadas a nivel nacional para contener sus precios.
La Constitución española reconoce en el artículo 47 el derecho de carácter social de todos
los ciudadanos, a disfrutar de una vivienda digna y adecuada e impone, seguidamente, a los
poderes públicos el deber de promover las condiciones necesarias que garanticen la igualdad
en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes constitucionales, así como
establecer las normas pertinentes para hacerlos efectivos.
Actualmente, la evolución del mercado de la vivienda en España está dificultando el acceso a
una gran parte de la ciudadanía, con especial incidencia en el colectivo de las personas jóvenes. A ello se suma el comportamiento del mercado del alquiler donde se aprecia una escasez
de la oferta, el incremento de la demanda, la variación de los precios y el porcentaje de renta
que ha de destinarse a su abono, lo que hace que las dificultades de acceso al mercado se
agraven y con ello, la imposibilidad de disponer de una vivienda digna.
Se ha puesto de manifiesto la necesidad de conseguir que el acceso a la vivienda no sea un
derecho inalcanzable para una gran cantidad de ciudadanos de forma que las Administraciones adopten medidas que ayuden a convertir un derecho constitucional en un verdadero
derecho para jóvenes y para aquellos que se encuentran excluidos de la compra o del alquiler
de una vivienda. En fin, se trata de facilitar con las medidas adecuadas que los extremeños
puedan desarrollar su proyecto de vida en el que el acceso a una vivienda digna es un pilar
fundamental.
En este contexto, se considera extraordinaria y urgente la adopción de medidas que contribuyan a reducir el sobre esfuerzo que determinados colectivos con mayores dificultades
económicas están sufriendo como consecuencia de la actualización y revisión de rentas por
viviendas en alquiler.
II
La norma consta de una parte expositiva y de una parte dispositiva estructurada en dos artículos con seis apartados, tres disposiciones adicionales y tres disposiciones finales.
El artículo 1 consta de seis apartados que modifican el Texto Refundido de las disposiciones
legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el
Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril.