Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2025040043)
Extracto de la convocatoria incorporada al Decreto 14/2025, de 25 de marzo, por el que se establecen y regulan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se aprueba la primera convocatoria para la campaña 2025.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 67
Lunes 7 de abril de 2025

18267

Estas ayudas van dirigidas a las siguientes actividades subvencionables, en los términos establecidos en el artículo 1 del Decreto 14/2025, de 25 de marzo, por el que se establecen y
regulan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común.
a) Reconversiones varietales.
b) Replantación con o sin sistema de conducción.
c) Replantación de viñedos cuando sea necesario tras el arranque obligatorio por motivos
sanitarios o fitosanitarios por orden de la autoridad competente.
d) Mejoras en las técnicas de gestión de viñedos.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 14/2025, de 25 de marzo, por el que se establecen y regulan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el
marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, y se aprueba la primera convocatoria
para la campaña 2025.
Cuarto. Cuantía.
El crédito disponible para las ayudas a la reestructuración y reconversión del viñedo en la
Comunidad Autónoma de Extremadura en esta convocatoria es de nueve millones de euros (9.000.000,00 €), que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120040000
G313A/47000 FA23000001, proyecto de gasto 20230093, distribuido en las anualidades siguientes:
— Anualidad 2025 ………….5.000.000,00 €.
— Anualidad 2026 ………….4.000.000,00 €.
Estos fondos serán financiados en su totalidad con el Fondo Europeo Agrícola de Garantía
(FEAGA) y tendrán la condición de ampliables o minorables en función de los derechos reconocidos o los compromisos de ingresos, por lo que podrán incrementarse en el caso de futuras
asignaciones del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación a esta Comunidad Autónoma
para la financiación de estas ayudas, en cuyo caso se publicará un anuncio en el Diario Oficial
de Extremadura con el importe disponible.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de solicitud será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de
Extremadura.