Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Licencias Por Estudios. (2025061277)
Resolución de 28 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se establece el procedimiento para la concesión de licencias por estudios destinadas al personal funcionario de carrera de los Cuerpos Docentes no universitarios, del Cuerpo de Inspectores al servicio de la Administración educativa y del Cuerpo de Inspectores de Educación dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, para el curso 2025-2026.
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NÚMERO 66
Viernes 4 de abril de 2025

17996

5. P
 rofesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
6. C
 atedráticos de Música y Artes Escénicas.
7. P
 rofesores de Música y Artes Escénicas.
8. C
 atedráticos de Artes Plásticas y Diseño.
9. P
 rofesores de Artes Plásticas y Diseño.
10. Profesores Técnicos de Formación Profesional (Cuerpo a extinguir).
11. Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
12. Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
13. Inspectores de Educación e Inspectores al Servicio de la Administración Educativa.
Tercera. Modalidades y tipos de licencias por estudio.
3.1. Modalidades de licencias por estudios.
Las licencias objeto de la presente convocatoria se corresponderán con alguna de las siguientes modalidades, que deben tener vinculación directa con el ámbito de la acción educativa
realizada por el solicitante:
A) Modalidad 1: licencias para realizar estudios de carácter académico de idiomas conducentes a la obtención de titulaciones universitarias de grado o equivalente, doctorado
o máster universitario relacionadas con la adquisición de competencia lingüística que
certifiquen nivel C1 o superior de un idioma extranjero.
B) M
 odalidad 2: licencias para realizar estudios de carácter académico conducentes a la
obtención de una titulación universitaria oficial de grado o equivalente, o para realizar
estudios para la obtención del título oficial de doctorado o máster universitario distinto
del que acredite la formación pedagógica y didáctica de acuerdo con lo exigido por los
artículos 94, 95 y 97 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En todos
los casos se exceptúan los estudios relacionados con la adquisición de competencias
lingüísticas que aparecen incluidos en la modalidad 1.
C) Modalidad 3: licencias para realizar proyectos o actividades originales e inéditas, realizados de manera individual que tengan por objeto investigaciones que estén directamente relacionadas con el trabajo que realizan las personas solicitantes o que puedan
resultar de interés para el sistema educativo de la Comunidad de Extremadura.