Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025061237)
Resolución de 26 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es José Antonio Muñoz Bernáldez, en el término municipal de La Morera.
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NÚMERO 66
Viernes 4 de abril de 2025
17892
RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es José Antonio Muñoz
Bernáldez, en el término municipal de La Morera. (2025061237)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 4 de octubre de 2024 tiene entrada en el Registro Único de la Junta
de Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la instalación
de explotación porcina de cebo en régimen intensivo en el término municipal de La Morera
(Badajoz) y promovida por José Antonio Muñoz Bernáldez, con NIF: 3***7442** con domicilio a efectos de notificación en avenida de Sevilla, n.º 2, Oficina, 3, CP 06400, Don Benito
(Badajoz).
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de una explotación porcina de cebo en régimen intensivo con capacidad de 857 cerdos de cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito
de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en la parcela 1 del polígono 3, del término municipal de La Morera,
con una superficie de unas 72,5 ha. Las características esenciales del proyecto se describen
en la presente resolución.
Tercero. Se publica Anuncio de fecha 20 de noviembre de 2024 en la página web del órgano
ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 235, de 3 de diciembre), poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han recibido alegaciones.
Cuarto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 21 de noviembre de 2024, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de
La Morera, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021,
de 3 de marzo.
Viernes 4 de abril de 2025
17892
RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es José Antonio Muñoz
Bernáldez, en el término municipal de La Morera. (2025061237)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 4 de octubre de 2024 tiene entrada en el Registro Único de la Junta
de Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la instalación
de explotación porcina de cebo en régimen intensivo en el término municipal de La Morera
(Badajoz) y promovida por José Antonio Muñoz Bernáldez, con NIF: 3***7442** con domicilio a efectos de notificación en avenida de Sevilla, n.º 2, Oficina, 3, CP 06400, Don Benito
(Badajoz).
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de una explotación porcina de cebo en régimen intensivo con capacidad de 857 cerdos de cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito
de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en la parcela 1 del polígono 3, del término municipal de La Morera,
con una superficie de unas 72,5 ha. Las características esenciales del proyecto se describen
en la presente resolución.
Tercero. Se publica Anuncio de fecha 20 de noviembre de 2024 en la página web del órgano
ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 235, de 3 de diciembre), poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han recibido alegaciones.
Cuarto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 21 de noviembre de 2024, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de
La Morera, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021,
de 3 de marzo.