Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2025061209)
Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Dirección General de Jóvenes y Deportes, por la que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Federación Extremeña de Bádminton, aprobada en Asamblea extraordinaria federativa de 11 y 31 de enero de 2025, su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 64
Miércoles 2 de abril de 2025

17242

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2025, de la Dirección General de Jóvenes
y Deportes, por la que se aprueba la modificación de los Estatutos de la
Federación Extremeña de Bádminton, aprobada en Asamblea extraordinaria
federativa de 11 y 31 de enero de 2025, su inscripción en el Registro General
de Entidades Deportivas de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura. (2025061209)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha de entrada en registro de 13 de marzo de 2025, D. Manuel Caperote
Ramos, Presidente de la Federación Extremeña de Bádminton, presentó solicitud ante la Dirección General de Jóvenes y Deportes para la aprobación de la modificación de los Estatutos
Federativos, su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y
su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Segundo. Con la documentación presentada por el interesado se ha comprobado el cumplimiento de todos los requisitos que, para la aprobación de la modificación de los Estatutos, su
inscripción en el Registro y su posterior publicación en el Diario Oficial de Extremadura, exigen
la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura y sus disposiciones de desarrollo.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS:
Primero. El artículo 7.g) de la Ley 2/1995, de 6 de abril, atribuye a la Consejería de Educación y Juventud (actualmente Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes) la competencia de “Declarar el reconocimiento o la extinción de las Federaciones Deportivas de ámbito
extremeño y aprobar sus Estatutos, reglamentos y métodos de elaboración de presupuestos
y control de su ejecución”.
Segundo. El artículo 12.1 del Decreto 27/1998, de 17 de marzo, por el que se regulan las
Federaciones Deportivas Extremeñas, atribuye al Director General de Deportes (actualmente
Director General de Jóvenes y Deportes) la aprobación mediante resolución motivada de las
normas reglamentarias y estatutarias.
Tercero. El artículo 26.3 de la Ley 2/1995, de 6 de abril, dispone la obligatoriedad de publicar
en el Diario Oficial de Extremadura los estatutos y reglamentos de las Federaciones Deportivas Extremeñas, así como sus modificaciones.
Por todo lo dispuesto anteriormente y vista la propuesta del Jefe de Servicio de Promoción y
Entidades Deportivas de fecha 17 de marzo de 2025,