Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061115)
Resolución de 20 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego por goteo, mediante el aprovechamiento de aguas subterráneas, de 11,80 ha de olivar, en el término municipal de Badajoz (Badajoz). Expte.: IA21/1805.
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NÚMERO 63
Martes 1 de abril de 2025
16883
RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental
del proyecto de puesta en riego por goteo, mediante el aprovechamiento
de aguas subterráneas, de 11,80 ha de olivar, en el término municipal de
Badajoz (Badajoz). Expte.: IA21/1805. (2025061115)
El proyecto de puesta en riego por goteo, mediante el aprovechamiento de aguas subterráneas, de 11,8 ha de olivar en el término municipal de Badajoz (Badajoz), pertenece al grupo
1 “Silvicultura, agricultura, ganadería y acuicultura” epígrafe b) “Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales
Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la
regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad” del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la obligación de formular
declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se
adopte para la realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades
comprendidas en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativo
al proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA),
el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.
A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1 Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
El promotor del proyecto de puesta en riego por goteo, mediante el aprovechamiento de
aguas subterráneas, de 11,8 ha de olivar, en el término municipal de Badajoz es Ángel
Manuel Romero Zamora.
El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Martes 1 de abril de 2025
16883
RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental
del proyecto de puesta en riego por goteo, mediante el aprovechamiento
de aguas subterráneas, de 11,80 ha de olivar, en el término municipal de
Badajoz (Badajoz). Expte.: IA21/1805. (2025061115)
El proyecto de puesta en riego por goteo, mediante el aprovechamiento de aguas subterráneas, de 11,8 ha de olivar en el término municipal de Badajoz (Badajoz), pertenece al grupo
1 “Silvicultura, agricultura, ganadería y acuicultura” epígrafe b) “Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales
Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la
regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad” del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la obligación de formular
declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se
adopte para la realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades
comprendidas en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativo
al proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA),
el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.
A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1 Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
El promotor del proyecto de puesta en riego por goteo, mediante el aprovechamiento de
aguas subterráneas, de 11,8 ha de olivar, en el término municipal de Badajoz es Ángel
Manuel Romero Zamora.
El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Guadiana.