Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061138)
Resolución de 20 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil (CAT)", cuyo promotor es Raúl Paniagua Hernández, en el término municipal de Navalmoral de la Mata. Expte.: IA24/1145 (de la AAU23/096).
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NÚMERO 62
Lunes 31 de marzo de 2025

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octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en
lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.


— A las instalaciones de alumbrado exterior les serán de aplicación las disposiciones
relativas a contaminación lumínica, recogidas en el Real Decreto 1890/2008, de
14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en
instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias
EA-01 a EA-07.



— Con objeto de prevenir la dispersión de luz hacia el cielo nocturno, así como de preservar las condiciones naturales de oscuridad en beneficio de los ecosistemas, en las
instalaciones de más de 1 kW de potencia instalada, se deberá cumplir lo siguiente:

El diseño de las luminarias será aquel que el flujo hemisférico superior instalado
(FHSinst), la iluminancia, la intensidad luminosa, la luminancia y el incremento del
nivel de contraste será inferior a los valores máximos permitidos en función de la
zona en la que se ubique la instalación conforme a lo establecido en la Instrucción
Técnica Complementaria EA-03 Resplandor luminoso nocturno y luz intrusa o molesta del Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus
Instrucciones técnicas complementarias.
El factor de mantenimiento y factor de utilización cumplirán los límites establecidos
en la ITC-EA-04, garantizándose el cumplimiento de los valores de eficiencia energética de la ITCEA-01.
Las luminarias deberán estar dotadas con sistemas de regulación que permitan reducir el flujo luminoso al 50% a determinada hora, manteniendo la uniformidad en
la iluminación.
Del mismo modo deberán contar con detectores de presencia y con sistema de encendido y apagado a que se adapte a las necesidades de luminosidad.
— El titular de la instalación industrial deberá impedir mediante los medios y señalización adecuados, el libre acceso a las instalaciones de recogida y tratamiento
de las aguas residuales, emisiones atmosféricas o residuos del personal ajeno a la
operación y control de las mismas, siendo responsable de cuantos daños y perjuicios
puedan ocasionarse.


— En todo caso, en los almacenamientos de sustancias y preparados líquidos, de entre
los indicados, se dispondrá de sistema impermeable y estanco de recogida de fugas
y derrames.