Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Cuerpos Docentes. (2025050047)
Orden de 25 de marzo de 2025 por la que se convoca el procedimiento de selección y nombramiento de directores y directoras de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 62

16474

Lunes 31 de marzo de 2025

Administraciones precitadas, así como los
organizados por las Universidades (públicas o
privadas).
Se puntuará 0,1 puntos por cada 10 horas de cursos
superados acreditados. A estos efectos se sumarán
las horas de todos los cursos, no puntuándose el
resto del número de horas inferiores a 10. Cuando
los cursos vinieran expresados en créditos se
entenderá que cada crédito equivale a 10 horas.
3.3. Por haber superado un curso de formación
sobre el desarrollo de la función directiva, impartido
por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional o por las Administraciones educativas de
las Comunidades Autónomas, cuyas características
serán desarrolladas reglamentariamente por el
Gobierno a que alude el apartado 2.1.c)
4. MÉRITOS ACADÉMICOS Y OTROS MÉRITOS
4.1. Por cada grado de Doctor.
4.2. Por cada título universitario de Grado,
Licenciado, Ingeniero o Arquitecto distinto del
alegado para el ingreso en el Cuerpo.
4.3. Por cada Diplomatura, Ingeniería Técnica,
Arquitectura Técnica o títulos declarados legalmente
equivalentes, distinta a la alegada para su ingreso en
el Cuerpo.
4.4 Por estudios universitarios de Master Oficial
Universitario comprendido en el Espacio Europeo de
Educación Superior E.E.E.S, distinto del requerido
para el ingreso a la función pública docente.
4.5. Otras titulaciones: cursos de postgrado,
másteres, etc. desarrollados por Administraciones
educativas o Universidades, de una duración igual o
superior a 60 créditos no contemplados en el
apartado anterior.
4.6. Por el reconocimiento de suficiencia
investigadora o el certificado-diploma acreditativo
de estudios avanzados.
Este mérito no se valorará cuando haya sido alegado
el título de Doctor.
4.7. Por publicaciones de carácter didáctico o
científico, directamente relacionadas con aspectos
del currículo o con la organización escolar.
a) Libros en sus distintos formatos:
Un autor
Dos autores
Tres o más autores
b) Artículos en revistas en sus distintos formatos:
Un autor
Dos autores
Tres o más autores
c) Traducciones:
Libro………………………….……………...

1

(Máximo12
puntos)
4

3

2

DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
Copia auténtica del título o certificación del
abono de los derechos de expedición.
Copia auténtica del título alegado para
ingreso en el Cuerpo, así como de cuantos
presente como méritos o, en su caso, de las
certificaciones de abono de los derechos
de expedición.
Copia auténtica del título alegado para
ingreso en el Cuerpo, así como de cuantos
presente como méritos o, en su caso, de las
certificaciones de abono de los derechos
de expedición.

1

Certificación acreditativa expedida por el
órgano competente.

1

Certificación acreditativa expedida por el
órgano competente.

1

Certificación acreditativa expedida por el
órgano competente.

Máximo 2
puntos
0,5
0,25
0,125
0,2
0,1
0,05
0,25 dividido
por el número
de traductores

Los ejemplares correspondientes. Sólo se
valorarán aquellas publicaciones en el que
conste el I.S.B.N. o I.S.S.N.