Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061108)
Resolución de 19 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para riego de 28,61 ha de olivar y viñedo, en el polígono 188, parcelas 64 y 69, del término municipal de Badajoz. Expte.: IA18/1876.
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NÚMERO 61
Viernes 28 de marzo de 2025

16285

RESOLUCIÓN de 19 de marzo de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto de concesión de aguas subterráneas para riego de 28,61 ha de
olivar y viñedo, en el polígono 188, parcelas 64 y 69, del término municipal
de Badajoz. Expte.: IA18/1876. (2025061108)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de concesión de aguas subterráneas para riego de 28,61 ha de olivar y viñedo,
en el polígono 188, parcelas 64 y 69, del término municipal de Badajoz y cuya promotora es
Explotación la Romera SAT n.º 5849, es encuadrable en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el anexo II
de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental “Proyectos de transformación
a regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie superior a 10 ha”.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
 bjeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.
El objeto del proyecto es legalizar las actuaciones ya ejecutadas necesarias para llevar a
cabo la transformación de una superficie dedicada a la explotación en secano de un cultivo
agrícola permanente de olivar y viñedo, hacia una explotación del mismo cultivo en régimen de regadío.
Se trata de la puesta en marcha en regadío con un sistema de riego por goteo de dos parcelas agrícolas, que tienen una superficie total de 28,6161 ha, de las cuales 12,9873 ha
son viñedo en un marco de plantación de 2,9x1,45 m y 15,6288 ha de olivar en un marco
de plantación de 7x6 m. El proyecto no se encuentra incluido en la Red Natura 2000.