Ayuntamiento De Madrigal De La Vera. Oferta De Empleo Público. (2025080472)
Anuncio de 17 de marzo de 2025 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2025.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 59

15862

Miércoles 26 de marzo de 2025

AYUNTAMIENTO DE MADRIGAL DE LA VERA
ANUNCIO de 17 de marzo de 2025 sobre aprobación de la Oferta de Empleo
Público para el año 2025. (2025080472)
Provincia: Cáceres.
Corporación: Madrigal de la Vera.
A. Personal laboral
Categoría laboral

Especialidad

N.º Vacantes

Denominación

Personal de Limpieza

Personal de Servicios

1

Peón de Limpieza de Edificios
Públicos

Lo que se hace público en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante
el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres o, a su elección, el que corresponda
a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de
la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo
ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más
conveniente a su derecho.
Madrigal de la Vera, 17 de marzo de 2025. El Alcalde, URBANO PLAZA MORENO.

•••