Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2025060931)
Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos técnicos de ciudades saludables y sostenibles, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2025.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025

14899

3. Para poder valorar los criterios objetivos de otorgamiento de la subvención, la entidad deberá aportar la siguiente documentación:
A) Para la valoración de la primera fase:


— Estructura del proyecto: será necesaria la presentación de un proyecto estructurado
y detallado según los ítems de la letra A. punto 1 del resuelvo Noveno.

— 
Participación en proyectos o programas de ámbito nacional y/o internacional:
Certificado/s expedido/s por el organismo correspondiente, que acredite la participación de la entidad local, (resuelvo Noveno A.1.e) actualizado a fecha de solicitud.


— Certificado expedido por la entidad local en la que se indique el número de habitantes
según conste en el último padrón municipal suministrado por el Instituto Nacional de
Estadística (resuelvo Noveno A.2).



— Certificado expedido por la mancomunidad y actualizado, indicando los municipios
que lo integran y el número total de habitantes según conste en el último padrón
municipal suministrado por el Instituto Nacional de Estadística. (resuelvo Noveno
A.3).



— La comprobación de las actas de las reuniones del Consejo de Salud de Zona realizadas en 2024, se hará de oficio por la Dirección General de Planificación, Formación
y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, a tenor de lo establecido en el artículo 9.1.e)
del Decreto 240/2009, de 13 de noviembre, por el que se regulan los Consejos de
Salud de Zona del Sistema Sanitario Público de Extremadura.

B) P
 ara la valoración de la segunda fase:
Experiencia en la ejecución del proyecto: Certificado de la entidad local, según el modelo anexo IV (resuelvo noveno B).
4. Toda la documentación deberá estar actualizada a fecha de solicitud, no obstante en el caso
de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de la Junta de Extremadura, no
será necesaria su presentación, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
— Que se haga constar en la solicitud la fecha y el órgano o dependencia en que fueron
presentados.
— Que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al
que correspondan.