Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2025060931)
Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos técnicos de ciudades saludables y sostenibles, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2025.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025



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— Acreditación de la publicidad referida en la letra i) del apartado 1 del resuelvo decimoprimero.



— Certificado de la entidad local en el que se haga constar la fecha de inicio y puesta
en marcha del proyecto.



— Certificado de la entidad local en el que se indique los datos identificativos del personal técnico, fecha de inicio del contrato, sueldo, así como copia de su titulación o
certificado de experiencia laboral en su caso.

— El 50% restante cuando se haya justificado, como mínimo, el pago del primer 50% en
los términos establecidos en el resuelvo siguiente.
Decimocuarto. Plazo y forma de justificación de la subvención.
1. L
 a justificación de las cantidades realizadas en un solo pago deberá remitirse a la Dirección
General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias antes del 1 de
marzo del 2026 con la documentación que se detalla en las letras A) y B) del punto 3.
2. D
 e existir más de un pago, la justificación del primer 50% deberá remitirse a la Dirección
General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias antes de la fecha que se indica a continuación en función de la fecha de notificación de la resolución de
concesión:
a) Cuando la resolución de concesión se notifique dentro del periodo comprendido entre el
1 de enero y el 30 de junio, ambos inclusive, la justificación deberá aportarse antes del
30 de septiembre de 2025.
b) Cuando la resolución de concesión se notifique dentro del periodo comprendido entre el
1 de julio y el 30 de septiembre, ambos inclusive, la justificación deberá aportarse antes
del 1 de noviembre de 2025.
c) Cuando la resolución de concesión se notifique dentro del periodo comprendido entre el
1 de octubre y el 30 de noviembre, ambos inclusive, la justificación deberá aportarse
antes del 10 diciembre de 2025.
d) Cuando la resolución de concesión se notifique dentro del periodo comprendido entre el
1 de diciembre y el 15 de diciembre, ambos inclusive, la justificación deberá aportarse
antes del 20 de diciembre de 2025.
La justificación del 50% restante deberá remitirse a la Dirección General competente en
materia de participación comunitaria en salud antes del 1 de marzo de 2026.