Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Procesos Selectivos. (2025060902)
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, y por la que se convocan procesos para la integración en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias de determinados cuerpos.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025

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19.2.2. Subsanaciones.
Cuando se entienda que un requisito no está adecuadamente acreditado, y siempre que
el documento acreditativo haya sido presentado dentro del plazo de solicitudes de participación, se requerirá a la persona interesada para que subsane o aporte la documentación
requerida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
19.2.3. Plazo y solicitudes.
Contra los listados provisionales, cualquier persona aspirante podrá reclamar y subsanar
en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación.
19.3. Listas definitivas de personas admitidas y excluidas.
Finalizado el plazo de presentación de las solicitudes de reclamación y subsanación al que se
refiere el apartado anterior, la Dirección General de Personal Docente dictará resolu­ción, que
se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, elevando a definitivo el listado de admisión
y exclusión para participar en los procesos selectivos convocados.
En el listado aparecerán las personas admitidas y turno de acceso por el que participan, así
como, en el supuesto de exclusión, la causa de ésta.
Contra este listado se podrá interponer, en el plazo de un mes, recurso de reposición ante la
Dirección General de Personal Docente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se reconozca a las
personas interesadas la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento selectivo que
se convoca mediante la presente resolución. Cuando del examen de la documentación, que
de acuerdo con la base IV de esta convocatoria debe presentarse en el caso de ser parte del
colectivo seleccionado, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas
interesadas decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en
este procedimiento.
CAPÍTULO II. INICIO DEL PROCESO SELECTIVO
Base XX. Inicio del procedimiento selectivo de ingreso y acceso.
El inicio del proceso selectivo de ingreso y acceso será en el mes de junio de 2025. Previa a
esa fecha, la Dirección General de Personal Docente publicará en el portal de PROFEX, una
resolución indicando: