Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060868)
Resolución de 11 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de instalación solar fotovoltaica "FV Cetes", a realizar en el término municipal de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA24/0130.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025

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D. Medidas para la restauración una vez finalizada la actividad:
— En caso de finalización de la actividad se deberá dejar el terreno en su estado original,
desmantelando y retirando todos los escombros y residuos por gestor autorizado. Se
dejará el área de actuación en perfecto estado de limpieza, con el restablecimiento de la
escorrentía original, intentando mantener la topografía original del terreno y procurando
la restitución del terreno a su vocación previa al proyecto. Estas medidas se realizarán
en un periodo inferior a 9 meses.
— Se deberá presentar un plan de restauración un año antes de la finalización de la actividad en el que se recoja las diferentes actuaciones que permitan dejar el terreno en
su estado original, teniendo en cuenta la restauración paisajística y de los suelos, así
como de la gestión de los residuos generados. Dicho plan deberá ser aprobado antes de
su ejecución por el órgano ambiental que llevará a cabo las modificaciones que estime
necesarias.
E. Medidas compensatorias:
La promotora, antes de la puesta en funcionamiento de la ISF, deberá presentar para su
aprobación por la DGS, una propuesta de medidas compensatorias destinadas a compensar los posibles impactos residuales, evitando con ello un deterioro del conjunto de
variables que definen el estado de conservación de hábitats y especies afectados por la
implantación de la ISF “FV Cetes”. La precitada propuesta deberá contener, al menos, las
siguientes medidas compensatorias:
— Se instalará y mantendrá durante toda la vida útil de la planta, una caja nido de cemento de cemento-corcho para carraca sobre poste metálico de al menos 6 m de altura.
— Se instalará un refugio para reptiles. El refugio consistirá en una acumulación de piedras
de la zona en un agrupamiento de 2m x 2m x 1m.
— El promotor realizará una compensación 1:1, (superficie ocupada-superficie compensada), destinada a realizar un acuerdo de custodia del territorio para la conservación de
aves esteparias durante toda la vida útil de la planta. El acuerdo se realizará preferentemente en las inmediaciones del proyecto.
F. Programa de vigilancia y seguimiento ambiental:
— La promotora deberá disponer de un programa de vigilancia ambiental que deberá contener, al menos, un informe anual sobre el seguimiento de las medidas incluidas en el
informe de impacto ambiental.