Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Colaboración Económica Municipal. (2025060932)
Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 4 de marzo de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal del servicio de ayuda a domicilio del sistema para la autonomía y atención a la dependencia para 2025.
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NÚMERO 55
Jueves 20 de marzo de 2025
14493
3. L
a financiación de este programa tendrá carácter anual y se realizará a través de transferencias desde la Comunidad Autónoma de Extremadura a las entidades locales destinatarias del mismo.
Segundo. Régimen jurídico.
1. E
l presente Programa de Colaboración Económica Municipal se articula a partir de las competencias que, en materia de acción social, atribuye a la Comunidad Autónoma el artículo
9.1, apartado 27 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
así como del artículo 35 de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, donde se prevé que las entidades locales extremeñas colaborarán, en el ámbito
de sus respectivas competencias, en el desarrollo de los servicios sociales, en especial, en
materia de promoción de la autonomía y atención a la dependencia y de las previsiones
que, en materia de competencias propias municipales, establece el artículo 15.1 d) 1ª, en
relación con lo establecido en la disposición transitoria primera de la LGAMEX, donde las
propias entidades locales pueden desplegar actuaciones respecto a la gestión de los servicios sociales y de las políticas de inclusión social.
2. L
a gestión y administración de los fondos se regirá por lo establecido en el presente acuerdo y se efectuará conforme a la normativa económico-financiera de la Comunidad Autónoma que regule cada tipo de gasto y, particularmente, de acuerdo con lo establecido en la
Ley de Presupuestos Generales para la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025 y
en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y las normas
e instrucciones que la desarrollen.
Tercero. Entidades destinatarias del programa.
1. S
erán entidades destinatarias del presente programa las entidades locales de la región
que presten el servicio de ayuda a domicilio y hubieran sido objeto de financiación en la
anualidad 2024 en el Programa de Colaboración Económica Municipal del servicio de ayuda
a domicilio del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, siempre que no
hubieran renunciado expresamente a dicha financiación. Además, pasan a formar parte de
esta anualidad las entidades locales con una población inferior a 20.000 habitantes en las
que existen, según las estadísticas del IMSERSO, mayor número de personas con grado de
dependencia reconocida sin percibir ninguna prestación o servicio a fecha 11 de octubre
de 2024.
Cuarto. Criterios objetivos de distribución de los créditos y cuantía de la transferencia.
1. E
l programa tiene una dotación global inicial de 5.375.000,00 euros, con cargo al centro
gestor 110060000, aplicación presupuestaria G/232A/46000, código fuente de financiación
TE23001001, programa 20250344 “PCEM: SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO” de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
Jueves 20 de marzo de 2025
14493
3. L
a financiación de este programa tendrá carácter anual y se realizará a través de transferencias desde la Comunidad Autónoma de Extremadura a las entidades locales destinatarias del mismo.
Segundo. Régimen jurídico.
1. E
l presente Programa de Colaboración Económica Municipal se articula a partir de las competencias que, en materia de acción social, atribuye a la Comunidad Autónoma el artículo
9.1, apartado 27 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
así como del artículo 35 de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, donde se prevé que las entidades locales extremeñas colaborarán, en el ámbito
de sus respectivas competencias, en el desarrollo de los servicios sociales, en especial, en
materia de promoción de la autonomía y atención a la dependencia y de las previsiones
que, en materia de competencias propias municipales, establece el artículo 15.1 d) 1ª, en
relación con lo establecido en la disposición transitoria primera de la LGAMEX, donde las
propias entidades locales pueden desplegar actuaciones respecto a la gestión de los servicios sociales y de las políticas de inclusión social.
2. L
a gestión y administración de los fondos se regirá por lo establecido en el presente acuerdo y se efectuará conforme a la normativa económico-financiera de la Comunidad Autónoma que regule cada tipo de gasto y, particularmente, de acuerdo con lo establecido en la
Ley de Presupuestos Generales para la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025 y
en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y las normas
e instrucciones que la desarrollen.
Tercero. Entidades destinatarias del programa.
1. S
erán entidades destinatarias del presente programa las entidades locales de la región
que presten el servicio de ayuda a domicilio y hubieran sido objeto de financiación en la
anualidad 2024 en el Programa de Colaboración Económica Municipal del servicio de ayuda
a domicilio del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, siempre que no
hubieran renunciado expresamente a dicha financiación. Además, pasan a formar parte de
esta anualidad las entidades locales con una población inferior a 20.000 habitantes en las
que existen, según las estadísticas del IMSERSO, mayor número de personas con grado de
dependencia reconocida sin percibir ninguna prestación o servicio a fecha 11 de octubre
de 2024.
Cuarto. Criterios objetivos de distribución de los créditos y cuantía de la transferencia.
1. E
l programa tiene una dotación global inicial de 5.375.000,00 euros, con cargo al centro
gestor 110060000, aplicación presupuestaria G/232A/46000, código fuente de financiación
TE23001001, programa 20250344 “PCEM: SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO” de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.