Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Plan De Formación. Academia De Seguridad Pública. (2025050043)
Orden de 13 de marzo de 2025 por la que se aprueba el Plan de Formación de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura para el año 2025 y se realiza la convocatoria de las actividades formativas.
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NÚMERO 55

14261

Jueves 20 de marzo de 2025

RESUELVE:
Primero. Aprobar el Plan de Formación de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura
para el año 2025.
Segundo. Aprobar la convocatoria de las acciones formativas a organizar por la Secretaría
General de Interior, Emergencias y Protección Civil, recogidas en los anexos I, II y III de esta
orden,así como en el apartado “Otras actividades formativas”.
La participación en cada una de dichas actividades se ajustará a las siguientes;
BASES
Primera. Participantes.
Podrán participar en los citados cursos y, según cada caso, los miembros de los cuerpos de
la policía local de Extremadura en situación de servicio activo, el personal en activo de los
cuerpos de bomberos existentes en la Comunidad Autónoma, así como los voluntarios de
protección civil de Extremadura, sin perjuicio de que, adicionalmente, se determinen otros
posibles destinatarios específicos para aquellas actividades formativas concretas en que se
indique, sean o no multidisciplinares.
Segunda. Financiación.
Las actividades objeto del Plan de Formación que figuran en los anexos I, II y III, así como en
el apartado “Otras Actividades Formativas”, se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias 2025.22.05.116A.226.06, 2025.22.05.116A.230.00, 2025.22.05.116A.231.00 y
2025.22.05.116A.233.00 respectivamente, de los Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma para 2024, aprobados por la Ley 1/2024, de 5 de febrero, y prorrogados para el
año 2025.
Tercera. Curso selectivo de nuevo ingreso para policías locales de Extremadura.
Finalizada la fase de oposición de cada proceso selectivo, tanto del unificado convocado por
la Junta de Extremadura como por los ayuntamientos de forma independiente, las personas
seleccionadas deberán superar un curso de formación en la Academia de Seguridad Pública de
Extremadura por el período que se determina en el anexo I para dicho curso.
El curso de formación y el período de prácticas, que forma parte del mismo, tendrán carácter obligatorio y eliminatorio, individualmente considerados, y su no superación determinará
la exclusión del procedimiento selectivo y la pérdida de cuantos derechos pudieran asistir a
quien no los hubiere superado en su conjunto.