Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Plan De Formación. Academia De Seguridad Pública. (2025050043)
Orden de 13 de marzo de 2025 por la que se aprueba el Plan de Formación de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura para el año 2025 y se realiza la convocatoria de las actividades formativas.
107 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 55
Jueves 20 de marzo de 2025

14268

tes, si las hubiera, se incluirán por orden de recepción de solicitudes del personal del 112
Extremadura o del Servicio de Protección Civil.
Se seleccionará a bomberos de Extremadura atendiendo al siguiente orden preferente:
1. E
 l personal funcionario tendrá preferencia sobre el personal interino.
2. C
 ercanía del parque al que pertenece a una central solar térmica.
3. F
 echa y hora de presentación de la solicitud.
4. Sorteo.
Novena. Selección de participantes en los cursos dirigidos a protección civil.
1. Finalizado el período de presentación de solicitudes, por la Secretaría General de Interior,
Emergencias y Protección Civil e Interior se elaborará la lista de aspirantes al curso.
2. La selección de los aspirantes se realizará atendiendo, por orden de preferencia, a los siguientes criterios:
a) Para las acciones formativas G01/25; G02/25; destinadas exclusivamente a voluntarios
de Protección Civil de Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil.
Se seleccionará a los Voluntarios de las Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil de Extremadura atendiendo al siguiente orden preferente:
— Voluntarios de Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil que estén
inscritas o en fase de inscripción en el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(Decreto 26/2019, de 1 de abril). Este criterio se aplicará por orden de la fecha de
Resolución de Inscripción en el Registro mencionado.
— Voluntarios de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil que pertenezcan a
una Agrupación legalmente constituida. (Se deberá aportar acuerdo de Pleno de
constitución de la Agrupación o Reglamento de funcionamiento de la Agrupación
aprobado por el Pleno del Ayuntamiento o certificado del Secretario de la Entidad Local en el cual se certifique la constitución de dicha Agrupación Local). Este criterio se
aplicará por orden de la fecha de recepción de las solicitudes en la Secretaría General
de Interior, Emergencias y Protección Civil.


— Voluntarios de Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil, cuya localidad tenga menor distancia al lugar de celebración.