Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2025050042)
Orden de 13 de marzo de 2025 por la que se convoca el IV Concurso de Debate Escolar de Extremadura.
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NÚMERO 54
Miércoles 19 de marzo de 2025
13970
20220303, fondo CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2024 prorrogados para el año 2025.
Artículo 6. Cuantía de los premios y reconocimiento al profesorado preparador y los
centros educativos.
1. Para cada una de las dos categorías, los equipos que queden en las primeras ocho posiciones optarán los siguientes premios:
— 1.200 euros para el alumnado del equipo que quede en primera posición o campeón.
— 1.000 euros para el alumnado del equipo que quede en segunda posición o subcampeón.
— 800 euros para el alumnado de cada uno de los dos equipos que compitan en las semifinales y no se clasifiquen para la final.
— 500 euros para el alumnado de cada uno de los cuatro equipos que compitan en los
cuartos de final y no se clasifiquen para semifinales.
— 400 euros para el alumnado de cada uno de los ocho equipos que compitan en los octavos de final y no se clasifiquen para cuartos.
— 200 euros para el alumnado de cada uno de los catorce equipos se clasifiquen entre los
puestos decimoséptimo y trigésimo inclusive, siempre que hayan disputado todos los
debates que les correspondían.
2. E
l orador/a que los jueces y juezas designen como el mejor de la final en cada una de las
categorías recibirá un premio adicional de 200 euros.
3. L
os premios no serán acumulativos, salvo el de mejor orador de la final.
4. La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional distribuirá de forma equitativa
el premio obtenido entre el alumnado que forman el equipo. A la cuantía de cada premio se
aplicarán las correspondientes retenciones fiscales, si fueran preceptivas.
5. E
l profesorado preparador que participe en la ronda de clasificación recibirá un crédito de
formación y otro crédito más, en este caso de innovación, si el equipo que prepara se clasifica para octavos de final, según lo establecido en la Orden de 31 de octubre de 2000, por
la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades
de formación permanente del profesorado y establece la equivalencia de las actividades de
investigación y de las titulaciones universitarias.
Miércoles 19 de marzo de 2025
13970
20220303, fondo CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2024 prorrogados para el año 2025.
Artículo 6. Cuantía de los premios y reconocimiento al profesorado preparador y los
centros educativos.
1. Para cada una de las dos categorías, los equipos que queden en las primeras ocho posiciones optarán los siguientes premios:
— 1.200 euros para el alumnado del equipo que quede en primera posición o campeón.
— 1.000 euros para el alumnado del equipo que quede en segunda posición o subcampeón.
— 800 euros para el alumnado de cada uno de los dos equipos que compitan en las semifinales y no se clasifiquen para la final.
— 500 euros para el alumnado de cada uno de los cuatro equipos que compitan en los
cuartos de final y no se clasifiquen para semifinales.
— 400 euros para el alumnado de cada uno de los ocho equipos que compitan en los octavos de final y no se clasifiquen para cuartos.
— 200 euros para el alumnado de cada uno de los catorce equipos se clasifiquen entre los
puestos decimoséptimo y trigésimo inclusive, siempre que hayan disputado todos los
debates que les correspondían.
2. E
l orador/a que los jueces y juezas designen como el mejor de la final en cada una de las
categorías recibirá un premio adicional de 200 euros.
3. L
os premios no serán acumulativos, salvo el de mejor orador de la final.
4. La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional distribuirá de forma equitativa
el premio obtenido entre el alumnado que forman el equipo. A la cuantía de cada premio se
aplicarán las correspondientes retenciones fiscales, si fueran preceptivas.
5. E
l profesorado preparador que participe en la ronda de clasificación recibirá un crédito de
formación y otro crédito más, en este caso de innovación, si el equipo que prepara se clasifica para octavos de final, según lo establecido en la Orden de 31 de octubre de 2000, por
la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades
de formación permanente del profesorado y establece la equivalencia de las actividades de
investigación y de las titulaciones universitarias.