Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Sentencias. Ejecución. (2025060830)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 134/2024, de 23 de septiembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, en el procedimiento abreviado n.º 43/2024.
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NÚMERO 53
13863
Martes 18 de marzo de 2025
RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 2025, de la Secretaría General, por la que
se dispone la ejecución de la sentencia n.º 134/2024, de 23 de septiembre,
dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, en
el procedimiento abreviado n.º 43/2024. (2025060830)
En el recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º
43/2024, promovido por CASUAN, SA, siendo parte demandada la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en recurso contencioso-administrativo contra la Resolución del recurso de alzada de fecha 27 de diciembre de 2023, contra la
Resolución dictada por el Director General de Transportes en el expediente CC0287/20 que
impone una sanción de 4.001 euros, se ha dictado sentencia firme n.º 134/2024, por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida.
El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano competente dicte la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.
De conformidad, con los artículos 129 a 136 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa, el Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se
regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, así como con
lo dispuesto en la Ley 1/2002, del 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Decreto 238/2023, de 12 de septiembre, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda, y en la Resolución de 7 de agosto de 2023, del Consejero, por la que se delega el
ejercicio de competencias en diversas materias y se establece el régimen de suplencia de los
órganos directivos de la Consejería.
Por consiguiente, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
Proceder a la ejecución de la sentencia n.º 134/2024, de 23 de septiembre, dictada por el
Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, en el procedimiento abreviado n.º
43/2024 llevando a puro y debido efecto el fallo, que es del siguiente tenor literal:
“Que debo estimar y estimo íntegramente el recurso contencioso-administrativo presentado por la Procuradora Sra. Viera Ariza, obrando en nombre y representación de la entidad
CASUAN, SA, contra la Resolución de fecha 27 de diciembre de 2023, desestimatoria del
recurso de alzada formulado por la demandante contra la Resolución sancionadora del
Director General de Transportes de 27 de agosto de 2021, recaída en el expediente sancionador n.º CC0287/20; y en consecuencia debo anular y anulo dichas resoluciones por
13863
Martes 18 de marzo de 2025
RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 2025, de la Secretaría General, por la que
se dispone la ejecución de la sentencia n.º 134/2024, de 23 de septiembre,
dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, en
el procedimiento abreviado n.º 43/2024. (2025060830)
En el recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º
43/2024, promovido por CASUAN, SA, siendo parte demandada la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en recurso contencioso-administrativo contra la Resolución del recurso de alzada de fecha 27 de diciembre de 2023, contra la
Resolución dictada por el Director General de Transportes en el expediente CC0287/20 que
impone una sanción de 4.001 euros, se ha dictado sentencia firme n.º 134/2024, por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida.
El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano competente dicte la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.
De conformidad, con los artículos 129 a 136 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa, el Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se
regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, así como con
lo dispuesto en la Ley 1/2002, del 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Decreto 238/2023, de 12 de septiembre, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda, y en la Resolución de 7 de agosto de 2023, del Consejero, por la que se delega el
ejercicio de competencias en diversas materias y se establece el régimen de suplencia de los
órganos directivos de la Consejería.
Por consiguiente, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
Proceder a la ejecución de la sentencia n.º 134/2024, de 23 de septiembre, dictada por el
Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, en el procedimiento abreviado n.º
43/2024 llevando a puro y debido efecto el fallo, que es del siguiente tenor literal:
“Que debo estimar y estimo íntegramente el recurso contencioso-administrativo presentado por la Procuradora Sra. Viera Ariza, obrando en nombre y representación de la entidad
CASUAN, SA, contra la Resolución de fecha 27 de diciembre de 2023, desestimatoria del
recurso de alzada formulado por la demandante contra la Resolución sancionadora del
Director General de Transportes de 27 de agosto de 2021, recaída en el expediente sancionador n.º CC0287/20; y en consecuencia debo anular y anulo dichas resoluciones por