Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060760)
Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Asociación Reconoce y el Instituto de la Juventud de Extremadura para el fomento y puesta a disposición de la juventud extremeña del "Proyecto Reconoce".
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 48
Martes 11 de marzo de 2025
13016
4. C
olaborar en el asesoramiento a las entidades, agentes, colectivos y organismos de su ámbito territorial que en el futuro quieran incorporarse a la “RED RECONOCE” y al “PROYECTO
RECONOCE”.
Cuarta. Financiación.
Este convenio de colaboración no comporta obligaciones económicas entre las partes firmantes. Las actuaciones por desarrollar en el marco del convenio se financiarán con cargo a los
respectivos presupuestos y recursos de cada una de las partes firmantes.
Quinta. Comisión mixta de seguimiento del convenio.
Para el seguimiento del presente convenio se creará una Comisión Mixta de Seguimiento
que se encargará de velar por el cumplimiento de las condiciones aquí contempladas y por
la correcta ejecución de las actuaciones propuestas y adoptará, en su caso, las medidas que
estime adecuadas para su desarrollo.
En este sentido, la Asociación Reconoce y el IJEX designarán a dos representantes cada una
de ellas, que llevarán a cabo la planificación, coordinación, seguimiento y evaluación de las
acciones derivadas del presente convenio. La Comisión será presidida por la persona titular
de la jefatura de servicio de gestión del IJEX o persona en quien delegue, que ejercerá la
presidencia, que, a los efectos de adoptar acuerdos, dirimirá con su voto los posibles empates. Actuará como secretario de la Comisión uno de los representantes designados por la
asociación Reconoce.
La convocatoria de las reuniones de la comisión será realizada por la persona que ostente su
presidencia. Se reconoce a cada parte firmante la facultad de proponer la convocatoria a las
reuniones de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control.
Los miembros de esta Comisión mixta de seguimiento no generarán derecho económico alguno con cargo a la financiación del convenio por su pertenencia a la misma o asistencia a sus
reuniones.
En lo no contemplado por esta cláusula sobre el funcionamiento y actuaciones de la Comisión
de seguimiento, vigilancia y control, se estará a lo dispuesto en el artículo 15 y siguientes del
capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, sobre órganos colegiados de las distintas administraciones públicas.
Sexta. Modificación del convenio.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo de las partes firmantes. No
obstante, serán dirimidas a través de la Comisión mixta de seguimiento aquellas cuestiones
Martes 11 de marzo de 2025
13016
4. C
olaborar en el asesoramiento a las entidades, agentes, colectivos y organismos de su ámbito territorial que en el futuro quieran incorporarse a la “RED RECONOCE” y al “PROYECTO
RECONOCE”.
Cuarta. Financiación.
Este convenio de colaboración no comporta obligaciones económicas entre las partes firmantes. Las actuaciones por desarrollar en el marco del convenio se financiarán con cargo a los
respectivos presupuestos y recursos de cada una de las partes firmantes.
Quinta. Comisión mixta de seguimiento del convenio.
Para el seguimiento del presente convenio se creará una Comisión Mixta de Seguimiento
que se encargará de velar por el cumplimiento de las condiciones aquí contempladas y por
la correcta ejecución de las actuaciones propuestas y adoptará, en su caso, las medidas que
estime adecuadas para su desarrollo.
En este sentido, la Asociación Reconoce y el IJEX designarán a dos representantes cada una
de ellas, que llevarán a cabo la planificación, coordinación, seguimiento y evaluación de las
acciones derivadas del presente convenio. La Comisión será presidida por la persona titular
de la jefatura de servicio de gestión del IJEX o persona en quien delegue, que ejercerá la
presidencia, que, a los efectos de adoptar acuerdos, dirimirá con su voto los posibles empates. Actuará como secretario de la Comisión uno de los representantes designados por la
asociación Reconoce.
La convocatoria de las reuniones de la comisión será realizada por la persona que ostente su
presidencia. Se reconoce a cada parte firmante la facultad de proponer la convocatoria a las
reuniones de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control.
Los miembros de esta Comisión mixta de seguimiento no generarán derecho económico alguno con cargo a la financiación del convenio por su pertenencia a la misma o asistencia a sus
reuniones.
En lo no contemplado por esta cláusula sobre el funcionamiento y actuaciones de la Comisión
de seguimiento, vigilancia y control, se estará a lo dispuesto en el artículo 15 y siguientes del
capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, sobre órganos colegiados de las distintas administraciones públicas.
Sexta. Modificación del convenio.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo de las partes firmantes. No
obstante, serán dirimidas a través de la Comisión mixta de seguimiento aquellas cuestiones