Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. Elección De Plazas. (2025060745)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dispone la publicación de la relación de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Orden de 23 de diciembre de 2022, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Subalterno de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición.
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NÚMERO 47
Lunes 10 de marzo de 2025
12889
Las personas nacionales de otros Estados deberán aportar copia auténtica de la documentación que acredite que se encuentran en situación de residente temporal o permanente,
que tienen autorización para residir y trabajar o que tienen reconocida la condición de
refugiado, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora
de los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
2. L
a persona aspirante que se encuentre desempeñando un puesto de trabajo del mismo
cuerpo y especialidad en la que haya sido seleccionada deberá aportar, en el plazo indicado
en el apartado anterior, certificado médico que acredite que posee la capacidad funcional
necesaria para el desempeño de las tareas propias o habituales de la misma. De conformidad con ello serán válidos:
• Certificado médico oficial editado por el Consejo General de la Organización Médica
Colegial y expedido por personal médico colegiado.
• Certificación médica expedida por médico de Atención Primaria del Servicio Extremeño de Salud o el facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda a la
persona interesada.
En los demás casos, las personas aspirantes deberán someterse a un reconocimiento médico que determine su capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la
especialidad a la que opta. A tales efectos, el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos
Laborales de la Junta de Extremadura contactará con las personas interesadas de forma
individual, a través del número de teléfono facilitado en su solicitud de participación, para
su citación. En el caso de que el informe dictamine que carece de la capacidad funcional
para el desempeño de las tareas propias de la especialidad, la persona aspirante no podrá
ser contratada, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ella se refiere.
El informe médico será confidencial, respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.
3. A
nte la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados
anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
4. Q
uienes tuvieran la condición de funcionario/a de carrera o de personal laboral fijo al servicio de cualquier Administración Pública estarán exentos de aportar la documentación a
que se refieren las letras a), b), c) y d) del apartado 1, debiendo presentar únicamente
certificado del Organismo de la Administración Pública de la que dependan, acreditando su
condición, situación administrativa y demás circunstancias que consten en su expediente
personal. En todo caso, si en la certificación expedida no figura la titulación académica
Lunes 10 de marzo de 2025
12889
Las personas nacionales de otros Estados deberán aportar copia auténtica de la documentación que acredite que se encuentran en situación de residente temporal o permanente,
que tienen autorización para residir y trabajar o que tienen reconocida la condición de
refugiado, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora
de los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
2. L
a persona aspirante que se encuentre desempeñando un puesto de trabajo del mismo
cuerpo y especialidad en la que haya sido seleccionada deberá aportar, en el plazo indicado
en el apartado anterior, certificado médico que acredite que posee la capacidad funcional
necesaria para el desempeño de las tareas propias o habituales de la misma. De conformidad con ello serán válidos:
• Certificado médico oficial editado por el Consejo General de la Organización Médica
Colegial y expedido por personal médico colegiado.
• Certificación médica expedida por médico de Atención Primaria del Servicio Extremeño de Salud o el facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda a la
persona interesada.
En los demás casos, las personas aspirantes deberán someterse a un reconocimiento médico que determine su capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la
especialidad a la que opta. A tales efectos, el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos
Laborales de la Junta de Extremadura contactará con las personas interesadas de forma
individual, a través del número de teléfono facilitado en su solicitud de participación, para
su citación. En el caso de que el informe dictamine que carece de la capacidad funcional
para el desempeño de las tareas propias de la especialidad, la persona aspirante no podrá
ser contratada, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ella se refiere.
El informe médico será confidencial, respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.
3. A
nte la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados
anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
4. Q
uienes tuvieran la condición de funcionario/a de carrera o de personal laboral fijo al servicio de cualquier Administración Pública estarán exentos de aportar la documentación a
que se refieren las letras a), b), c) y d) del apartado 1, debiendo presentar únicamente
certificado del Organismo de la Administración Pública de la que dependan, acreditando su
condición, situación administrativa y demás circunstancias que consten en su expediente
personal. En todo caso, si en la certificación expedida no figura la titulación académica