Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060735)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, el Ayuntamiento de Badajoz y la Fundación Bancaria "La Caixa" para el desarrollo en la localidad de Badajoz del programa Caixaproinfancia.
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NÚMERO 46
Viernes 7 de marzo de 2025
12727
— Designar como interlocutor del Ayuntamiento, a un responsable técnico como garante
de la efectiva coordinación entre el personal público referente y las entidades sociales.
— Facilitar en caso de que sea necesario, espacios de atención a las entidades sociales
colaboradoras.
Sexta. Financiación.
La ejecución de este convenio no implica obligación económica alguna para el Ayuntamiento
de Badajoz, ni para la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo
asumidos por la Fundación La Caixa los gastos generados en la ejecución del programa.
Séptima. Comisión de Seguimiento.
1. C
on el fin de dar cumplimento a los contenidos del presente convenio, tras su firma, se
constituirá una Comisión de Seguimiento con representación de todas las partes en régimen de paridad.
2. E
sta Comisión de Seguimiento, que se reunirá como mínimo una vez durante la vigencia
del presente convenio, celebrará las reuniones extraordinarias que se crean convenientes a
solicitud de cualquiera de las partes y tendrá como principales funciones:
— Resolver cualquier duda o controversia que surja acerca de la interpretación del convenio.
— Hacer el seguimiento y evaluación de los acuerdos adoptados.
— Valorar el desarrollo del proyecto y posibles cambios.
— Se responsabilizará de la coordinación, el seguimiento y la evaluación de las acciones
realizadas en el marco de este convenio, así como establecer y acordar propuestas de
mejora.
3. L
as partes, de mutuo acuerdo, pueden invitar a otras personas representativas de la Comisión de Seguimiento cuando lo consideren necesario.
Octava. Confidencialidad protección de datos y tratamiento de datos de carácter
personal.
1. L
os datos personales incluidos en este Convenio (datos de los intervinientes) serán tratados por la otra parte con la finalidad de gestionar la relación de colaboración, siendo la base
del tratamiento el cumplimiento de dicha relación y se conservarán durante todo el tiempo
en que ésta subsista y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades
Viernes 7 de marzo de 2025
12727
— Designar como interlocutor del Ayuntamiento, a un responsable técnico como garante
de la efectiva coordinación entre el personal público referente y las entidades sociales.
— Facilitar en caso de que sea necesario, espacios de atención a las entidades sociales
colaboradoras.
Sexta. Financiación.
La ejecución de este convenio no implica obligación económica alguna para el Ayuntamiento
de Badajoz, ni para la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo
asumidos por la Fundación La Caixa los gastos generados en la ejecución del programa.
Séptima. Comisión de Seguimiento.
1. C
on el fin de dar cumplimento a los contenidos del presente convenio, tras su firma, se
constituirá una Comisión de Seguimiento con representación de todas las partes en régimen de paridad.
2. E
sta Comisión de Seguimiento, que se reunirá como mínimo una vez durante la vigencia
del presente convenio, celebrará las reuniones extraordinarias que se crean convenientes a
solicitud de cualquiera de las partes y tendrá como principales funciones:
— Resolver cualquier duda o controversia que surja acerca de la interpretación del convenio.
— Hacer el seguimiento y evaluación de los acuerdos adoptados.
— Valorar el desarrollo del proyecto y posibles cambios.
— Se responsabilizará de la coordinación, el seguimiento y la evaluación de las acciones
realizadas en el marco de este convenio, así como establecer y acordar propuestas de
mejora.
3. L
as partes, de mutuo acuerdo, pueden invitar a otras personas representativas de la Comisión de Seguimiento cuando lo consideren necesario.
Octava. Confidencialidad protección de datos y tratamiento de datos de carácter
personal.
1. L
os datos personales incluidos en este Convenio (datos de los intervinientes) serán tratados por la otra parte con la finalidad de gestionar la relación de colaboración, siendo la base
del tratamiento el cumplimiento de dicha relación y se conservarán durante todo el tiempo
en que ésta subsista y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades