Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060735)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, el Ayuntamiento de Badajoz y la Fundación Bancaria "La Caixa" para el desarrollo en la localidad de Badajoz del programa Caixaproinfancia.
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NÚMERO 46
12722
Viernes 7 de marzo de 2025
EXPONEN
I. Que la Constitución Española recoge en su artículo 39, dentro de los principios rectores de
la política social y económica la obligación “de todos los poderes públicos de asegurar la
protección social, económica y jurídica de la familia y dentro de ésta la protección integral
de los menores”.
II. Que la Junta de Extremadura, conforme establece el artículo 9.1.26), del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su redacción dada por la L.O.
1/2011, de 28 de enero, tiene competencia exclusiva en materia de infancia y juventud,
protección y tutela de menores. En la actualidad, de conformidad con lo establecido en el
Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación
y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, la Consejería de Salud y Servicios Sociales ejercerá las competencias en materia de infancia y familia, servicios sociales y prestaciones sociales, tenía
la anterior Consejería de Sanidad y Servicios Sociales. Así mismo, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ejercerá las competencias en materia de política
educativa y formación profesional, las de política universitaria y las de ciencia, tecnología
e innovación.
III. Q
ue es una prioridad para la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Salud y
Servicios Sociales, así como la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional,
la atención de los menores que se encuentran en situación o riesgo de exclusión social
dado que los niños y niñas que crecen en la pobreza o la exclusión tienen menos posibilidades de tener un buen rendimiento escolar, gozar de buena salud y aprovechar todo su
potencial en las fases posteriores de su vida.
IV. Que la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, así
como la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, considera imprescindible impulsar la colaboración público-privada en el ámbito de la lucha contra la pobreza y la
exclusión social y promover el trabajo coordinado de todos los agentes que contribuyen en
el territorio de nuestra Comunidad Autónoma a desarrollar proyectos de inclusión social,
para de este modo, garantizar a las personas en situación de vulnerabilidad y, específicamente, a los menores, una atención de calidad, de carácter integral en su medio familiar
y social.
V. Que el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, desarrolla todas las políticas sociales de su competencia a través del Instituto Municipal de Servicios Sociales, Organismo Autónomo que
constituye la más importante respuesta que el Ayuntamiento de Badajoz ofrece a las necesidades sociales de los ciudadanos pacenses, especialmente a los de mayores carencias.
12722
Viernes 7 de marzo de 2025
EXPONEN
I. Que la Constitución Española recoge en su artículo 39, dentro de los principios rectores de
la política social y económica la obligación “de todos los poderes públicos de asegurar la
protección social, económica y jurídica de la familia y dentro de ésta la protección integral
de los menores”.
II. Que la Junta de Extremadura, conforme establece el artículo 9.1.26), del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su redacción dada por la L.O.
1/2011, de 28 de enero, tiene competencia exclusiva en materia de infancia y juventud,
protección y tutela de menores. En la actualidad, de conformidad con lo establecido en el
Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación
y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, la Consejería de Salud y Servicios Sociales ejercerá las competencias en materia de infancia y familia, servicios sociales y prestaciones sociales, tenía
la anterior Consejería de Sanidad y Servicios Sociales. Así mismo, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ejercerá las competencias en materia de política
educativa y formación profesional, las de política universitaria y las de ciencia, tecnología
e innovación.
III. Q
ue es una prioridad para la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Salud y
Servicios Sociales, así como la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional,
la atención de los menores que se encuentran en situación o riesgo de exclusión social
dado que los niños y niñas que crecen en la pobreza o la exclusión tienen menos posibilidades de tener un buen rendimiento escolar, gozar de buena salud y aprovechar todo su
potencial en las fases posteriores de su vida.
IV. Que la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, así
como la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, considera imprescindible impulsar la colaboración público-privada en el ámbito de la lucha contra la pobreza y la
exclusión social y promover el trabajo coordinado de todos los agentes que contribuyen en
el territorio de nuestra Comunidad Autónoma a desarrollar proyectos de inclusión social,
para de este modo, garantizar a las personas en situación de vulnerabilidad y, específicamente, a los menores, una atención de calidad, de carácter integral en su medio familiar
y social.
V. Que el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, desarrolla todas las políticas sociales de su competencia a través del Instituto Municipal de Servicios Sociales, Organismo Autónomo que
constituye la más importante respuesta que el Ayuntamiento de Badajoz ofrece a las necesidades sociales de los ciudadanos pacenses, especialmente a los de mayores carencias.