Consorcio Ciudad Monumental De Mérida. Procesos Selectivos. (2025060730)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Dirección del Consorcio, por la que se convocan pruebas selectivas por turno libre para cubrir un puesto de trabajo vacante en la categoría de Peón Especializado de Mantenimiento y para constituir lista de espera en dicha categoría, perteneciente al Grupo V.
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NÚMERO 46
Viernes 7 de marzo de 2025
12864
la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y
la correspondiente tarjeta. También deberán presentar los documentos expedidos por
las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este
vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de
que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que
imposibiliten para el servicio, expedido por facultativo competente y en modelo oficial.
e) L
os aspirantes que tengan la condición de discapacitados deberán presentar certificado,
expedido al efecto por el Órgano competente, que acredite tal condición, el grado de
discapacidad y su capacidad para desempeñar las funciones que correspondan a los
puestos objeto de esta convocatoria.
2. A
nte la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos a que se refiere
el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
3. Aquellos que no presenten la documentación en el momento de la contratación, y salvo
causas debidamente justificadas y libremente apreciadas por el Consorcio, o del examen de
la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, causarán baja definitivamente en la lista de espera, sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.
Duodécima. Contrataciones.
La contratación laboral se efectuará de acuerdo con lo establecido en la legislación laboral,
utilizándose la modalidad contractual que corresponda en cada caso.
Cuando la contratación laboral sea por tiempo igual o inferior a tres meses, se respetará el
lugar que el candidato ocupe en la lista de espera a los efectos de una nueva contratación.
Hasta que se produzca la incorporación efectiva del trabajador al centro de trabajo, los aspirantes seleccionados no tendrán derecho a percepción económica alguna.
Norma final.
Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Dirección del Consorcio en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
Viernes 7 de marzo de 2025
12864
la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y
la correspondiente tarjeta. También deberán presentar los documentos expedidos por
las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este
vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de
que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que
imposibiliten para el servicio, expedido por facultativo competente y en modelo oficial.
e) L
os aspirantes que tengan la condición de discapacitados deberán presentar certificado,
expedido al efecto por el Órgano competente, que acredite tal condición, el grado de
discapacidad y su capacidad para desempeñar las funciones que correspondan a los
puestos objeto de esta convocatoria.
2. A
nte la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos a que se refiere
el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
3. Aquellos que no presenten la documentación en el momento de la contratación, y salvo
causas debidamente justificadas y libremente apreciadas por el Consorcio, o del examen de
la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, causarán baja definitivamente en la lista de espera, sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.
Duodécima. Contrataciones.
La contratación laboral se efectuará de acuerdo con lo establecido en la legislación laboral,
utilizándose la modalidad contractual que corresponda en cada caso.
Cuando la contratación laboral sea por tiempo igual o inferior a tres meses, se respetará el
lugar que el candidato ocupe en la lista de espera a los efectos de una nueva contratación.
Hasta que se produzca la incorporación efectiva del trabajador al centro de trabajo, los aspirantes seleccionados no tendrán derecho a percepción económica alguna.
Norma final.
Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Dirección del Consorcio en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,