Consorcio Ciudad Monumental De Mérida. Procesos Selectivos. (2025060729)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Dirección del Consorcio, por la que se convocan pruebas selectivas por turno libre para cubrir un puesto de trabajo vacante en la categoría de Peón Especializado de Arqueología y para constituir lista de espera en dicha categoría, perteneciente al Grupo V.
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NÚMERO 46
Viernes 7 de marzo de 2025
12833
1º. Cada pregunta contestada correctamente se puntuará por el valor resultante de
dividir el total de puntuación (10) entre el número total de preguntas.
2º. Cada cuatro preguntas contestadas erróneamente restarán una pregunta contestada correctamente.
3º.
Cada seis preguntas contestadas en blanco restarán una pregunta contestada
correctamente.
El Tribunal de Selección adoptará las medidas oportunas para garantizar que este ejercicio
sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
Una vez finalizada la corrección del ejercicio, se publicará por el Tribunal de Selección la
relación de los aspirantes que ha superado el mismo, disponiendo de un plazo de 5 días
hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.
Tanto el primer como el segundo ejercicio serán calificados de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlos obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. El valor total
de la prueba objetiva se obtendrá de la suma de los dos ejercicios.
3. C
oncurso de méritos.
3.1. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, conforme al siguiente baremo:
a) Por experiencia en la categoría de Peón de Arqueología, hasta un máximo de 2,5
puntos.
Se valorarán los servicios prestados como funcionario, interino o personal laboral fijo
o temporal, a razón de:
— 0,050 puntos por mes completo de servicio activo prestado a jornada completa
en tal categoría en el Consorcio de la Ciudad Monumental de Mérida o antiguo
Patronato de la Ciudad Monumental de Mérida;
— 0,020 puntos por mes completo en la categoría a la que se aspira en cualquier
otras Administración o Entidad Pública.
Los servicios prestados en la categoría inferiores a un mes o en jornada parcial se
valorarán proporcionalmente.
Viernes 7 de marzo de 2025
12833
1º. Cada pregunta contestada correctamente se puntuará por el valor resultante de
dividir el total de puntuación (10) entre el número total de preguntas.
2º. Cada cuatro preguntas contestadas erróneamente restarán una pregunta contestada correctamente.
3º.
Cada seis preguntas contestadas en blanco restarán una pregunta contestada
correctamente.
El Tribunal de Selección adoptará las medidas oportunas para garantizar que este ejercicio
sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
Una vez finalizada la corrección del ejercicio, se publicará por el Tribunal de Selección la
relación de los aspirantes que ha superado el mismo, disponiendo de un plazo de 5 días
hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.
Tanto el primer como el segundo ejercicio serán calificados de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlos obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. El valor total
de la prueba objetiva se obtendrá de la suma de los dos ejercicios.
3. C
oncurso de méritos.
3.1. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, conforme al siguiente baremo:
a) Por experiencia en la categoría de Peón de Arqueología, hasta un máximo de 2,5
puntos.
Se valorarán los servicios prestados como funcionario, interino o personal laboral fijo
o temporal, a razón de:
— 0,050 puntos por mes completo de servicio activo prestado a jornada completa
en tal categoría en el Consorcio de la Ciudad Monumental de Mérida o antiguo
Patronato de la Ciudad Monumental de Mérida;
— 0,020 puntos por mes completo en la categoría a la que se aspira en cualquier
otras Administración o Entidad Pública.
Los servicios prestados en la categoría inferiores a un mes o en jornada parcial se
valorarán proporcionalmente.