Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060700)
Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Hornachos, en materia de uso público en áreas protegidas en el Centro de Interpretación de la Naturaleza de la ZIR Sierra Grande de Hornachos. Anualidad 2024-2025. N.º expediente: 241206SYM003.
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NÚMERO 45

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Jueves 6 de marzo de 2025

gan el objeto del mismo, que es la ejecución de acciones de fomento de la sensibilización
medioambiental y la dinamización del Centro de Interpretación de la naturaleza de la Z.I.R.
Sierra Grande de Hornachos.
El plazo para la ejecución de las actividades previstas en el presente convenio comprenderá
desde el 1 de julio de 2024 hasta el 30 de junio de 2025.
Séptima. Gastos subvencionables.
Se consideran gastos subvencionables, tal y como establece el artículo 36 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aquellos que
de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten
estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo establecido en la cláusula sexta del
presente convenio. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables
podrá ser superior al valor de mercado. A continuación, se concretan los gastos objeto de
subvención,

Gastos subvencionables

Personal
Suministros

22.986,00 €
415,32 €

El IVA podrá ser subvencionable en el caso de que no sea recuperable, como así se establece
en el artículo 69.3c del Reglamento (EU) 1303/2013, de 17 de diciembre. Así, para la consideración del IVA como gasto subvencionable, el beneficiario deberá remitir certificado emitido
por el Interventor del Ayuntamiento que justifique que el IVA no es susceptible de recuperación o compensación por parte del mismo.
No se subvencionarán los siguientes gastos:
— Gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales o registrales,
gastos periciales y gastos de administración específicos, así como los de garantía bancaria. Los gastos de protocolo (celebraciones de inauguración o clausura, obsequios o
premios).
— Otros impuestos susceptibles de recuperación o compensación.
El Ayuntamiento de Hornachos no podrá cobrar una inscripción por la participación en actividades que hayan sido subvencionadas a través del presente convenio.
Octava. Régimen de justificación y pagos.