Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060698)
Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Fuente del Arco en materia de uso público en áreas protegidas en el Monumento Natural Mina La Jayona. Anualidad 2024-2025. N.º expediente: 241206SYM001.
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NÚMERO 45
Jueves 6 de marzo de 2025
12107
raleza y de espacios naturales de Extremadura. Conforme se establece en el artículo segundo
del Decreto 115/1997, de 23 de septiembre, la declaración del Monumento Natural de la Mina
La Jayona tiene como objetivos básicos:
1) Contribuir a la conservación de la geología, geomorfología, fauna, flora y en definitiva
de los ecosistemas naturales y valores paisajísticos del espacio.
2) Buscar fórmulas que, respetando el objetivo anterior, pueden ser susceptibles de ser
utilizados como elemento propulsor de la actividad socioeconómica de la zona y de la
calidad de vida de sus poblaciones.
3) Potenciar la investigación para un mejor conocimiento de los valores de este Espacio
Natural Protegido.
4) Proporcionar formas de uso y disfrute del Espacio Natural de manera compatible con su
conservación y la seguridad de los visitantes.
5) Facilitar el desarrollo de actividades de información, interpretación y educación
ambiental.
6) Contribuir al desarrollo socioeconómico de la zona. Convertir el espacio objeto de protección en una muestra de las actividades culturales y económicas de Extremadura y un
modelo de recuperación de un espacio con una importante intervención humana.
Así, la declaración de esta área protegida conlleva la necesidad de plantear una estrategia
en aras a facilitar el conocimiento, uso y disfrute de los valores naturales que los componen,
asegurando su preservación.
Dada la importancia de este Monumento Natural en el patrimonio natural de Extremadura, así
como las necesidades de ejecución de actividades de sensibilización ambiental en el mismo
para permitir la conservación de los valores que motivaron su declaración, el área visitable del
Monumento Natural “Mina de la Jayona” forma parte de la Red de Equipamientos y Recursos
Ambientales de Extremadura. Las actuaciones incluidas en el anexo I del presente convenio y
que se subvencionan mediante el mismo se destinan a permitir el establecimiento del programa de uso público previsto en el manifiesto primero del presente convenio. Se debe destacar
que este Monumento Natural es propiedad del Ayuntamiento de Fuente del Arco.
Tercero. El presente convenio se ajusta a lo establecido en el apartado c) del artículo 22.4 y
en el apartado 1.a) del artículo 32 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 59 de 25 de marzo de 2011). Este procedimiento de concesión directa sin convocatoria previa obedece a la naturaleza de la actividad
Jueves 6 de marzo de 2025
12107
raleza y de espacios naturales de Extremadura. Conforme se establece en el artículo segundo
del Decreto 115/1997, de 23 de septiembre, la declaración del Monumento Natural de la Mina
La Jayona tiene como objetivos básicos:
1) Contribuir a la conservación de la geología, geomorfología, fauna, flora y en definitiva
de los ecosistemas naturales y valores paisajísticos del espacio.
2) Buscar fórmulas que, respetando el objetivo anterior, pueden ser susceptibles de ser
utilizados como elemento propulsor de la actividad socioeconómica de la zona y de la
calidad de vida de sus poblaciones.
3) Potenciar la investigación para un mejor conocimiento de los valores de este Espacio
Natural Protegido.
4) Proporcionar formas de uso y disfrute del Espacio Natural de manera compatible con su
conservación y la seguridad de los visitantes.
5) Facilitar el desarrollo de actividades de información, interpretación y educación
ambiental.
6) Contribuir al desarrollo socioeconómico de la zona. Convertir el espacio objeto de protección en una muestra de las actividades culturales y económicas de Extremadura y un
modelo de recuperación de un espacio con una importante intervención humana.
Así, la declaración de esta área protegida conlleva la necesidad de plantear una estrategia
en aras a facilitar el conocimiento, uso y disfrute de los valores naturales que los componen,
asegurando su preservación.
Dada la importancia de este Monumento Natural en el patrimonio natural de Extremadura, así
como las necesidades de ejecución de actividades de sensibilización ambiental en el mismo
para permitir la conservación de los valores que motivaron su declaración, el área visitable del
Monumento Natural “Mina de la Jayona” forma parte de la Red de Equipamientos y Recursos
Ambientales de Extremadura. Las actuaciones incluidas en el anexo I del presente convenio y
que se subvencionan mediante el mismo se destinan a permitir el establecimiento del programa de uso público previsto en el manifiesto primero del presente convenio. Se debe destacar
que este Monumento Natural es propiedad del Ayuntamiento de Fuente del Arco.
Tercero. El presente convenio se ajusta a lo establecido en el apartado c) del artículo 22.4 y
en el apartado 1.a) del artículo 32 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 59 de 25 de marzo de 2011). Este procedimiento de concesión directa sin convocatoria previa obedece a la naturaleza de la actividad