Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060697)
Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de La Albuera en materia de uso público en áreas protegidas en el centro de interpretación de la naturaleza "Llanos y Complejo Lagunar de La Albuera". Anualidad 2024-2025. N.º expediente: 241206SYM004.
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NÚMERO 45
Jueves 6 de marzo de 2025
12064
Segundo. El espacio “Llanos y Complejo Lagunar de La Albuera” es nombrado Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) en el año 2004, pasando a formar parte de la Red Natura
2000. Asimismo, el “Complejo Lagunar de la Albuera” se encuentra catalogado, desde el año
2002, como un Humedal de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves
Acuáticas conforme lo establecido en el Convenio de Ramsar de 2 de febrero de 1971. Tanto
las ZEPA como los Humedales de Importancia Internacional son tipologías de áreas protegidas
conforme lo establecido en los artículos 27 bis y 27 quater de la Ley 8/1998, de 26 de junio,
de conservación de la naturaleza y de espacios naturales de Extremadura.
Mediante ORDEN de 28 de agosto de 2009 se aprueba el “Plan de gestión de la ZEPA Llanos
y Complejo Lagunar de La Albuera”. En dicho plan de gestión se establecen, entre otros, los
siguientes objetivos generales de conservación de los valores naturales:
— Garantizar la protección y conservación de los ecosistemas, manteniendo su dinámica
y estructura funcional, en especial aquellos que sustentan la diversidad, abundancia y
singularidad de la fauna y flora autóctona.
— Promover y regular la investigación orientada al conocimiento de los recursos y a la
gestión de los mismos.
— Promover el desarrollo sostenible, social, económico y cultural de los municipios que
conforman la ZEPA, mejorando la calidad de vida de las poblaciones y estableciendo las
medidas que fomenten los usos y actividades económicas compatibles con los objetivos
de conservación definidos.
— Garantizar la información y participación de las comunidades en la gestión del territorio.
— Promover la educación ambiental y conocimiento de los valores ecológicos, históricos y
culturales del territorio incluido en la ZEPA.
Así, la declaración de esta área protegida conlleva la necesidad de plantear una estrategia
en aras a facilitar el conocimiento, uso y disfrute de los valores naturales que los componen,
asegurando su preservación.
Dada la importancia de esta área protegida en el patrimonio natural de Extremadura, así
como las necesidades de ejecución de actividades de sensibilización ambiental en el mismo
para permitir la conservación de los valores que motivaron su declaración, el Centro de Interpretación de la Naturaleza “Llanos y Complejo Lagunar de La Albuera” forma parte de la
Red de Equipamientos y Recursos Ambientales de Extremadura. Las actuaciones incluidas en
el anexo I del presente convenio y que se subvencionan mediante el mismo se destinan a
permitir el establecimiento del programa de uso público previsto en el manifiesto primero del
Jueves 6 de marzo de 2025
12064
Segundo. El espacio “Llanos y Complejo Lagunar de La Albuera” es nombrado Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) en el año 2004, pasando a formar parte de la Red Natura
2000. Asimismo, el “Complejo Lagunar de la Albuera” se encuentra catalogado, desde el año
2002, como un Humedal de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves
Acuáticas conforme lo establecido en el Convenio de Ramsar de 2 de febrero de 1971. Tanto
las ZEPA como los Humedales de Importancia Internacional son tipologías de áreas protegidas
conforme lo establecido en los artículos 27 bis y 27 quater de la Ley 8/1998, de 26 de junio,
de conservación de la naturaleza y de espacios naturales de Extremadura.
Mediante ORDEN de 28 de agosto de 2009 se aprueba el “Plan de gestión de la ZEPA Llanos
y Complejo Lagunar de La Albuera”. En dicho plan de gestión se establecen, entre otros, los
siguientes objetivos generales de conservación de los valores naturales:
— Garantizar la protección y conservación de los ecosistemas, manteniendo su dinámica
y estructura funcional, en especial aquellos que sustentan la diversidad, abundancia y
singularidad de la fauna y flora autóctona.
— Promover y regular la investigación orientada al conocimiento de los recursos y a la
gestión de los mismos.
— Promover el desarrollo sostenible, social, económico y cultural de los municipios que
conforman la ZEPA, mejorando la calidad de vida de las poblaciones y estableciendo las
medidas que fomenten los usos y actividades económicas compatibles con los objetivos
de conservación definidos.
— Garantizar la información y participación de las comunidades en la gestión del territorio.
— Promover la educación ambiental y conocimiento de los valores ecológicos, históricos y
culturales del territorio incluido en la ZEPA.
Así, la declaración de esta área protegida conlleva la necesidad de plantear una estrategia
en aras a facilitar el conocimiento, uso y disfrute de los valores naturales que los componen,
asegurando su preservación.
Dada la importancia de esta área protegida en el patrimonio natural de Extremadura, así
como las necesidades de ejecución de actividades de sensibilización ambiental en el mismo
para permitir la conservación de los valores que motivaron su declaración, el Centro de Interpretación de la Naturaleza “Llanos y Complejo Lagunar de La Albuera” forma parte de la
Red de Equipamientos y Recursos Ambientales de Extremadura. Las actuaciones incluidas en
el anexo I del presente convenio y que se subvencionan mediante el mismo se destinan a
permitir el establecimiento del programa de uso público previsto en el manifiesto primero del