Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060697)
Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de La Albuera en materia de uso público en áreas protegidas en el centro de interpretación de la naturaleza "Llanos y Complejo Lagunar de La Albuera". Anualidad 2024-2025. N.º expediente: 241206SYM004.
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NÚMERO 45
Jueves 6 de marzo de 2025

12074

Para la correcta gestión de las Áreas Protegidas resulta fundamental la sensibilización ambiental como herramienta para la conservación de la Naturaleza. Por este motivo, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, coordina una Red de Equipamientos
Ambientales formada por un conjunto de instalaciones destinadas a la protección de valores
naturales, interpretación de la naturaleza y divulgación ambiental en las áreas protegidas.
De esta forma, el presente convenio se ajusta a lo establecido en el apartado c) del artículo
22.4 y en el apartado 1.a) del artículo 32 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 59 de 25 de marzo de 2011).
El Ayuntamiento de La Albuera, como beneficiario de la subvención, ha acreditado con anterioridad a la concesión y deberá acreditar con carácter previo a cada uno de los pagos, que se
encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y frente a la
Seguridad Social, así como con la Hacienda Autonómica, de conformidad con lo establecido en
la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El Ayuntamiento de La Albuera, no se halla incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario incluidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En virtud de las competencias atribuidas a la Dirección General de Sostenibilidad, se informa
al beneficiario de esta operación que su pago estará condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente convenio y demás reglamentación vigente y en particular
al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a. De la obligatoriedad de llevar un sistema de contabilidad separado, o bien asignar un
código contable adecuado a todas las transacciones relacionadas con cada operación.
b. D
 e los requisitos relativos a la presentación de datos a la Autoridad de Gestión y al registro de las realizaciones y resultados: Los beneficiarios y/o destinatarios de ayudas se
comprometerán a aportar los datos necesarios a efectos de seguimiento y evaluación
del programa, así como la colaboración necesaria en la confección de los indicadores
correspondientes, incluidos estudios y encuestas que se precisen realizar a posteriori,
cuando dicha colaboración les sea requerida.
c. En su caso, las instancias de los candidatos para el puesto de trabajo y el acta de selección deberán hacer referencia al fondo cofinanciador (Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural de Extremadura FEADER), incluir su logotipo, así como el emblema (Europa
invierte en las zonas rurales).