Presidencia De La Junta. Subvenciones. (2025080353)
Anuncio de 25 de febrero de 2025 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas en el ejercicio 2024 por el Instituto de la Mujer de Extremadura, al amparo de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 45
Jueves 6 de marzo de 2025
V
12606
ANUNCIOS
PRESIDENCIA DE LA JUNTA
ANUNCIO de 25 de febrero de 2025 por el que se da publicidad a las
subvenciones concedidas en el ejercicio 2024 por el Instituto de la Mujer de
Extremadura, al amparo de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2025080353)
El Instituto de la Mujer de Extremadura, organismo autónomo de carácter administrativo
creado por la Ley 11/2001, de 10 de octubre (DOE núm. 129, de 8 de noviembre), y en la actualidad, adscrito a la Presidencia de la Junta de Extremadura, al que se encomienda promover las condiciones para que la igualdad entre los sexos sea real y efectiva, dentro del ámbito
de competencias de la Junta de Extremadura, impulsando la participación y presencia de la
mujer en la vida política, económica, cultural, laboral y social de Extremadura.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura prevé, para el cumplimiento de sus fines y como órgano administrativo concedente de subvenciones, la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las subvenciones concedidas con expresión de
la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad
concedida, finalidad o finalidades de la subvención.
En virtud de lo dispuesto en este mandato y en el ejercicio de sus competencias propias en
materia de concesión de subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, se Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
se procede a:
Dar publicidad a las subvenciones concedidas por el Instituto de la Mujer de Extremadura en
el año 2024, en virtud de lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
y referido al procedimiento ordinario de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, mediante concurrencia periódica o abierta.
Del mismo modo, se harán públicas las subvenciones concedidas en virtud del artículo 22.2 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de dicha ley, referido al procedimiento de
concesión directa mediante convocatoria abierta.
También corresponde hacer públicas las subvenciones de concesión directa sin convocatoria
previa, en virtud del artículo 22.4.c), en correlación con lo dispuesto en el artículo 32.1.b) de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Jueves 6 de marzo de 2025
V
12606
ANUNCIOS
PRESIDENCIA DE LA JUNTA
ANUNCIO de 25 de febrero de 2025 por el que se da publicidad a las
subvenciones concedidas en el ejercicio 2024 por el Instituto de la Mujer de
Extremadura, al amparo de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2025080353)
El Instituto de la Mujer de Extremadura, organismo autónomo de carácter administrativo
creado por la Ley 11/2001, de 10 de octubre (DOE núm. 129, de 8 de noviembre), y en la actualidad, adscrito a la Presidencia de la Junta de Extremadura, al que se encomienda promover las condiciones para que la igualdad entre los sexos sea real y efectiva, dentro del ámbito
de competencias de la Junta de Extremadura, impulsando la participación y presencia de la
mujer en la vida política, económica, cultural, laboral y social de Extremadura.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura prevé, para el cumplimiento de sus fines y como órgano administrativo concedente de subvenciones, la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las subvenciones concedidas con expresión de
la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad
concedida, finalidad o finalidades de la subvención.
En virtud de lo dispuesto en este mandato y en el ejercicio de sus competencias propias en
materia de concesión de subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, se Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
se procede a:
Dar publicidad a las subvenciones concedidas por el Instituto de la Mujer de Extremadura en
el año 2024, en virtud de lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
y referido al procedimiento ordinario de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, mediante concurrencia periódica o abierta.
Del mismo modo, se harán públicas las subvenciones concedidas en virtud del artículo 22.2 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de dicha ley, referido al procedimiento de
concesión directa mediante convocatoria abierta.
También corresponde hacer públicas las subvenciones de concesión directa sin convocatoria
previa, en virtud del artículo 22.4.c), en correlación con lo dispuesto en el artículo 32.1.b) de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.