Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Promoción Empresarial. Ayudas. (2025AC0022)
Acuerdo de 27 de febrero de 2025, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas para la participación agrupada en la Feria Seúl Food & Hotel 2025 (Código FI25SEUL).
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NÚMERO 45
Jueves 6 de marzo de 2025
12634
2. E
xtremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, en caso de que la persona solicitante no se oponga en el formulario de solicitud, podrá recabar entre sus archivos aquellos
documentos referentes al interesado que se encuentren en su poder siempre que no hayan
transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
3. S
i la documentación exigida para la tramitación ya obrara en poder de la Administración
Pública, el solicitante podrá acogerse a lo dispuesto en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
y en el artículo 25 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, y no estará obligado a presentar la documentación siempre
que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en
su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización
del procedimiento al que correspondan.
Tampoco será necesario presentar aquellos documentos que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, A
estos efectos, el interesado deberá indicar en qué momento y para qué procedimiento
concreto presentó los citados documentos, pudiendo cumplimentar esa información en la
tabla que consta en el modelo de declaración responsable (anexo II).
Excepcionalmente, si no se pudiera recabar estos documentos, se podrán solicitar de nuevo al interesado su aportación. Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, se
reserva el derecho de solicitar cuanta documentación considere necesaria para verificar el
cumplimiento de los requisitos, así como para el correcto análisis de los criterios de valoración.
Octavo. Procedimiento de concesión de ayudas.
El procedimiento para la concesión de las subvenciones establecidas en la presente convocatoria es el de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, en virtud de lo
dispuesto en los artículos 22.1 y 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Noveno. Órganos de ordenación e instrucción.
1. E
n cumplimiento de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, corresponde al apoderado,
o persona con poderes suficientes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes
SLU, tomando como referencia lo establecido en sus normas de creación, la ordenación e
instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas reguladas en la presente convo-
Jueves 6 de marzo de 2025
12634
2. E
xtremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, en caso de que la persona solicitante no se oponga en el formulario de solicitud, podrá recabar entre sus archivos aquellos
documentos referentes al interesado que se encuentren en su poder siempre que no hayan
transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
3. S
i la documentación exigida para la tramitación ya obrara en poder de la Administración
Pública, el solicitante podrá acogerse a lo dispuesto en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
y en el artículo 25 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, y no estará obligado a presentar la documentación siempre
que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en
su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización
del procedimiento al que correspondan.
Tampoco será necesario presentar aquellos documentos que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, A
estos efectos, el interesado deberá indicar en qué momento y para qué procedimiento
concreto presentó los citados documentos, pudiendo cumplimentar esa información en la
tabla que consta en el modelo de declaración responsable (anexo II).
Excepcionalmente, si no se pudiera recabar estos documentos, se podrán solicitar de nuevo al interesado su aportación. Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, se
reserva el derecho de solicitar cuanta documentación considere necesaria para verificar el
cumplimiento de los requisitos, así como para el correcto análisis de los criterios de valoración.
Octavo. Procedimiento de concesión de ayudas.
El procedimiento para la concesión de las subvenciones establecidas en la presente convocatoria es el de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, en virtud de lo
dispuesto en los artículos 22.1 y 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Noveno. Órganos de ordenación e instrucción.
1. E
n cumplimiento de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, corresponde al apoderado,
o persona con poderes suficientes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes
SLU, tomando como referencia lo establecido en sus normas de creación, la ordenación e
instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas reguladas en la presente convo-