Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060654)
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica de autoconsumo sin excedentes "Autoconsumo Colectivo Siderúrgica", a realizar en el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz). Expte.: IA24/0686.
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NÚMERO 44
Miércoles 5 de marzo de 2025

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11. Se prestará atención a la mortalidad de fauna por atropello u otras actividades asociadas a la obra. Para ello se limitará la velocidad de circulación a 20 km/h en toda el área
de implantación del proyecto, y se colocará cartelería de aviso de presencia de fauna
en la calzada.
12. Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras, al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del proyecto.
13. Se evitará, en lo posible, dañar o eliminar vegetación arbustiva o arbórea, cuidando
que no se vea afectado el arbolado de zonas limítrofes a la zona de implantación y se
cuidará el suelo para evitar la degradación de ecosistemas y la erosión. Se aconseja
que las labores de mantenimiento se realicen con medios mecánicos para evitar la
degradación del suelo.
14. Se respetarán los drenajes naturales del terreno existentes evitando la disposición de
elementos sobre los mismos.
15. Se controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria con su
continua puesta a punto, así como la generación de ruidos.
16. Se dispondrá de camiones-cuba para el riego de los caminos por los que se produzca
el tránsito de vehículos y se limita la velocidad de los vehículos a 20 km/h con el fin de
minimizar las emisiones de polvo en el entorno cercano a los mismos.
17. Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones
adecuadas para ello, evitando los posibles vertidos accidentales al medio. Los aceites
usados y residuos peligrosos que pueda generar la maquinaria de la obra se recogerán
y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación y tratamiento por gestor
autorizado.
18. Se restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus zonas
e infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así
como evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. No deberán
quedar, bajo ningún concepto, acúmulos de materiales, como hormigón, tierras, etc.,
debiendo depositarlos según la legislación correspondiente. La totalidad de las infraestructuras e instalaciones quedarán integradas en el entorno.
19. No podrán instalarse alambres de espino en el cerramiento.
20. Las medidas de integración, restauración y revegetación deberán estar ejecutadas
antes de 6 meses desde la finalización de las obras. En relación con las plantaciones,