Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Transformación Digital. Subvenciones. (2025060526)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Secretaría General, de concesión directa sin convocatoria de una subvención a la organización profesional agraria Unión de Agricultores y Ganaderos de Extremadura para el desarrollo del programa "Competencias Digitales para el Sector Agrario en Zonas de Prioridad Demográfica", en las anualidades 2024, 2025 y 2026, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.
55 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025
11092
— Domicilio fiscal de la persona física o jurídica.
— Fecha de nacimiento o de constitución
— Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para
dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (modelo anexo IV.B).
— En su caso, información relativa al titular real de conformidad con el artículo 10 de la
Orden HFP/1031/2021 (NIF, nombre y fecha de nacimiento).
— Los subcontratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales
y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Someterse a las actuaciones de comprobación e inspección, así como a cualesquiera otra de
comprobación y control financiero, fiscalización o de auditoría que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios en su caso, tales como la
Comisión Europea, el Tribunal de cuentas, la oficina europea de lucha contra el fraude (OLAF),
la Fiscalía Europea, los órganos correspondientes de la Administración General del Estado y
los de control interno de la propia Consejería, debiendo facilitar y mantener a disposición
de los órganos citados toda la documentación que pueda ser requerida por los mismos en
el ejercicio de sus funciones de control y fiscalización. En todo caso, se deberá conservar la
documentación original, durante un periodo de cinco años a partir del pago de la operación,
en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
Atender a las obligaciones en materia de comunicación, encabezamientos y logos conforme a
lo establecido en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
El desarrollo de las actuaciones ejecutadas dentro del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) deberá cumplir el principio de no causar un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales recogidos en el artículo 17 del Reglamento 2020/852
(principio DNSH):
— La mitigación del cambio climático.
— La adaptación al cambio climático.
— El uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos.
— La economía circular.
Viernes 28 de febrero de 2025
11092
— Domicilio fiscal de la persona física o jurídica.
— Fecha de nacimiento o de constitución
— Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para
dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (modelo anexo IV.B).
— En su caso, información relativa al titular real de conformidad con el artículo 10 de la
Orden HFP/1031/2021 (NIF, nombre y fecha de nacimiento).
— Los subcontratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales
y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Someterse a las actuaciones de comprobación e inspección, así como a cualesquiera otra de
comprobación y control financiero, fiscalización o de auditoría que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios en su caso, tales como la
Comisión Europea, el Tribunal de cuentas, la oficina europea de lucha contra el fraude (OLAF),
la Fiscalía Europea, los órganos correspondientes de la Administración General del Estado y
los de control interno de la propia Consejería, debiendo facilitar y mantener a disposición
de los órganos citados toda la documentación que pueda ser requerida por los mismos en
el ejercicio de sus funciones de control y fiscalización. En todo caso, se deberá conservar la
documentación original, durante un periodo de cinco años a partir del pago de la operación,
en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
Atender a las obligaciones en materia de comunicación, encabezamientos y logos conforme a
lo establecido en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
El desarrollo de las actuaciones ejecutadas dentro del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) deberá cumplir el principio de no causar un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales recogidos en el artículo 17 del Reglamento 2020/852
(principio DNSH):
— La mitigación del cambio climático.
— La adaptación al cambio climático.
— El uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos.
— La economía circular.