Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Transformación Digital. Subvenciones. (2025060525)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Secretaría General, de concesión directa sin convocatoria de una subvención a la Asociación Profesional de Agricultores y Ganaderos de Extremadura Jóvenes Agricultores y Ganaderos (APAG-Extremadura ASAJA Jóvenes Agricultores y Ganaderos) para el desarrollo del programa "Competencias Digitales para el Sector Agrario en Zonas de Prioridad Demográfica", en las anualidades 2024, 2025 y 2026, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.
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NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025

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aquellas medidas de seguridad establecidas en el Marco Normativo que, con base en la naturaleza de los
servicios prestados, sea de aplicación. El responsable se reserva el derecho de exigir al encargado la aplicación
de las medidas de seguridad adicionales cuando los requisitos de seguridad de la información aplicables al
servicio así lo requieran.
El encargado del tratamiento deberá concienciar y formar a su personal en materia de seguridad de la
información, y en particular aquellos aspectos de la Política de Seguridad de la Consejería de Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Sostenible y su Marco Normativo de desarrollo que sean de aplicación en base a la
naturaleza de los servicios prestados.
Los trabajadores del encargado, por su parte, deben tener siempre presentes durante el desempeño de
sus funciones los principios de la ética, la profesionalidad, la confidencialidad y la responsabilidad.
De forma general, todo el personal del encargado que acceda a información de la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible deberá cumplir con las siguientes normas:

Acceder exclusivamente a los sistemas de información mediante el acceso y los medios autorizados.

Proteger la confidencialidad de la información de toda revelación no autorizada.

Proteger la integridad de la información del responsable del tratamiento a la que tenga acceso.

Proteger la información y los sistemas de información de cualquier alteración no autorizada.

Todos los empleados del encargado deben hacerse responsables de la custodia personal de las
credenciales que tienen asignadas para el acceso a los recursos de los sistemas de información del
responsable. Estas credenciales nunca pueden ser facilitadas a terceras personas, sean o no empleados del
encargado, y los propietarios de las mismas deben ser únicos responsables del uso que se haga de ellas.
Además, el encargado debe poner en marcha medidas de control para garantizar la supervisión de las
actuaciones para sus trabajadores.
H) PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DE LA CONSEJERÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE.
El personal del encargado del tratamiento que desempeñe sus funciones en las instalaciones del
responsable deberá conocer y cumplir las medidas de seguridad establecidas en el “Manual de
responsabilidades de Seguridad de la Información para usuarios”. Es responsabilidad del encargado del
tratamiento la distribución, cuando sea necesario, de este manual entre sus trabajadores.
I) TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN POR PARTE DEL ENCARGADO A OTRAS ENTIDADES.
El encargado del tratamiento no puede transmitir, enviar, compartir o poner a disposición de otras
entidades información propiedad del responsable, a no ser que de manera previa haya sido expresamente
autorizado para hacerlo, independientemente del medio o formato de la información y de su contenido. En
el caso de existir dicha autorización se deberá velar por el cumplimiento de las siguientes normas:

Deben extenderse al receptor de la información todas las obligaciones del encargado del tratamiento
en materia de Seguridad de la Información impuestas por el responsable.

El encargado del tratamiento será responsable del uso y protección de la información del responsable
que le haya sido proporcionada, así como de los perjuicios ocasionados al responsable en los casos en los
que la seguridad de la información hubiera sido comprometida.

Se podrá transmitir única y exclusivamente la información estrictamente necesaria para que el
encargado del tratamiento autorizado pueda llevar a cabo su cometido.

La información sólo podrá ser transmitida a los destinatarios autorizados, que han de estar
unívocamente identificados, y por medios que garanticen la identidad del destinatario.
«Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU»