Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Transformación Digital. Subvenciones. (2025060525)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Secretaría General, de concesión directa sin convocatoria de una subvención a la Asociación Profesional de Agricultores y Ganaderos de Extremadura Jóvenes Agricultores y Ganaderos (APAG-Extremadura ASAJA Jóvenes Agricultores y Ganaderos) para el desarrollo del programa "Competencias Digitales para el Sector Agrario en Zonas de Prioridad Demográfica", en las anualidades 2024, 2025 y 2026, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.
55 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025
11038
como la Comisión Europea, el Tribunal de cuentas, la oficina europea de lucha contra el
fraude (OLAF), la Fiscalía Europea, los órganos correspondientes de la Administración
General del Estado y los de control interno de la propia Consejería, debiendo facilitar
y mantener a disposición de los órganos citados toda la documentación que pueda ser
requerida por los mismos en el ejercicio de sus funciones de control y fiscalización. En
todo caso, se deberá conservar la documentación original, durante un periodo de cinco
años a partir del pago de la operación, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de
comprobación y control.
F. Atender a las obligaciones en materia de comunicación, encabezamientos y logos conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
G. El desarrollo de las actuaciones ejecutadas dentro del Plan Nacional de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR) deberá cumplir el principio de no causar un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales recogidos en el artículo 17 del Reglamento 2020/852 (principio DNSH):
• La mitigación del cambio climático.
• La adaptación al cambio climático.
• El uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos.
• La economía circular.
• La prevención y control de la contaminación.
• La protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.
La presente resolución se encuentra sometida a las obligaciones y requisitos establecidos en la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre configura el sistema de gestión
del PRTR, estableciendo los principios básicos y de obligatoria consideración en la planificación y ejecución de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia y, por lo tanto, transversales en el conjunto del plan:
A. HITOS Y OBJETIVOS (artículo 3 de la Orden):
La estructura de los hitos y objetvos de cada componente vendrá determinada por la
descripción de la medida en el CID y los “milestones and targets” (M&T) incluidos en el
anexo al CID, así como cualquier especificación en los M&T reflejada en el Operational
Arrangemente (OA).
COMPETENCIAS DIGITALES PARA EL SECTOR AGRARIO EN ZONAS DE PRIORIDAD DEMOGRÁFICA.
Viernes 28 de febrero de 2025
11038
como la Comisión Europea, el Tribunal de cuentas, la oficina europea de lucha contra el
fraude (OLAF), la Fiscalía Europea, los órganos correspondientes de la Administración
General del Estado y los de control interno de la propia Consejería, debiendo facilitar
y mantener a disposición de los órganos citados toda la documentación que pueda ser
requerida por los mismos en el ejercicio de sus funciones de control y fiscalización. En
todo caso, se deberá conservar la documentación original, durante un periodo de cinco
años a partir del pago de la operación, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de
comprobación y control.
F. Atender a las obligaciones en materia de comunicación, encabezamientos y logos conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
G. El desarrollo de las actuaciones ejecutadas dentro del Plan Nacional de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR) deberá cumplir el principio de no causar un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales recogidos en el artículo 17 del Reglamento 2020/852 (principio DNSH):
• La mitigación del cambio climático.
• La adaptación al cambio climático.
• El uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos.
• La economía circular.
• La prevención y control de la contaminación.
• La protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.
La presente resolución se encuentra sometida a las obligaciones y requisitos establecidos en la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre configura el sistema de gestión
del PRTR, estableciendo los principios básicos y de obligatoria consideración en la planificación y ejecución de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia y, por lo tanto, transversales en el conjunto del plan:
A. HITOS Y OBJETIVOS (artículo 3 de la Orden):
La estructura de los hitos y objetvos de cada componente vendrá determinada por la
descripción de la medida en el CID y los “milestones and targets” (M&T) incluidos en el
anexo al CID, así como cualquier especificación en los M&T reflejada en el Operational
Arrangemente (OA).
COMPETENCIAS DIGITALES PARA EL SECTOR AGRARIO EN ZONAS DE PRIORIDAD DEMOGRÁFICA.