Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Transformación Digital. Subvenciones. (2025060527)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Secretaría General, de concesión directa sin convocatoria de una subvención a la Asociación Profesional de Agricultores y Ganaderos-Asociación Agraria Jóvenes Agricultores (APAG-ASAJA-Cáceres) para el desarrollo del programa "Competencias Digitales para el Sector Agrario en Zonas de Prioridad Demográfica", en las anualidades 2024, 2025 y 2026, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.
56 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025
11175
Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y
servicios de tratamiento.
Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente
físico o técnico.
Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
Las medidas de seguridad abarcarán la protección de los sistemas de información, así como de los sistemas
de tratamiento manual y el archivo de la documentación.
La revisión podrá realizarse por mecanismos automáticos (software o programas informáticos) o de forma
manual.
C.6) Medidas de seguridad.
El Encargado dispondrá en todo momento de información actualizada sobre las medidas de seguridad
aplicadas y deberá proporcionarlas al Responsable cuando éste las solicite y en todo caso siempre que haya
cambios relevantes en su arquitectura de seguridad de la información.
D) PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente, el encargado del tratamiento acepta expresamente
que la propiedad de la documentación y los trabajos realizados al amparo de la presente resolución, y durante
el período de garantía y mantenimiento, corresponde únicamente a la Junta de Extremadura, con exclusividad
y sin más limitaciones que las impuestas por el ordenamiento jurídico.
Sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación vigente en materia de propiedad intelectual y de protección
jurídica de los programas de ordenador, el encargado acepta expresamente que los derechos de explotación
y la propiedad del código fuente de las aplicaciones desarrolladas al amparo de la presente resolución
corresponden únicamente a la Junta de Extremadura, con exclusividad y a todos los efectos.
El encargado del tratamiento acepta expresamente que los derechos de propiedad sobre los soportes
materiales a los que se incorporen los trabajos realizados, en cumplimiento de las obligaciones derivadas de
la ejecución de la resolución, corresponden a la Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento exonerará a la Junta de Extremadura de cualquier tipo de responsabilidad
frente a terceros por reclamaciones de cualquier índole dimanante de los suministros, materiales,
procedimientos y medios utilizados para la ejecución de la resolución procedente de los titulares de derechos
de propiedad industrial e intelectual sobre ellos.
Si fuera necesario, el encargado del tratamiento estará obligado, antes de la firma de la resolución a
obtener las licencias y autorizaciones precisas que le legitimen para la ejecución de la misma.
En caso de acciones dirigidas contra la Junta de Extremadura por terceros titulares de derechos sobre los
medios utilizados por el encargado del tratamiento para la ejecución de la resolución, éste responderá ante
la Junta de Extremadura del resultado de dichas acciones, estando obligado, además, a prestarle su plena
ayuda en el ejercicio de las acciones que competan a la Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento no podrá hacer uso del nombre, marca o logotipo que le haya facilitado la
Junta de Extremadura para el cumplimiento de sus obligaciones dimanantes de la presente resolución, fuera
de las circunstancias y para los fines expresamente pactados en éste, ni una vez finalizada la ejecución de la
misma.
«Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU»
Viernes 28 de febrero de 2025
11175
Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y
servicios de tratamiento.
Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente
físico o técnico.
Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
Las medidas de seguridad abarcarán la protección de los sistemas de información, así como de los sistemas
de tratamiento manual y el archivo de la documentación.
La revisión podrá realizarse por mecanismos automáticos (software o programas informáticos) o de forma
manual.
C.6) Medidas de seguridad.
El Encargado dispondrá en todo momento de información actualizada sobre las medidas de seguridad
aplicadas y deberá proporcionarlas al Responsable cuando éste las solicite y en todo caso siempre que haya
cambios relevantes en su arquitectura de seguridad de la información.
D) PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente, el encargado del tratamiento acepta expresamente
que la propiedad de la documentación y los trabajos realizados al amparo de la presente resolución, y durante
el período de garantía y mantenimiento, corresponde únicamente a la Junta de Extremadura, con exclusividad
y sin más limitaciones que las impuestas por el ordenamiento jurídico.
Sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación vigente en materia de propiedad intelectual y de protección
jurídica de los programas de ordenador, el encargado acepta expresamente que los derechos de explotación
y la propiedad del código fuente de las aplicaciones desarrolladas al amparo de la presente resolución
corresponden únicamente a la Junta de Extremadura, con exclusividad y a todos los efectos.
El encargado del tratamiento acepta expresamente que los derechos de propiedad sobre los soportes
materiales a los que se incorporen los trabajos realizados, en cumplimiento de las obligaciones derivadas de
la ejecución de la resolución, corresponden a la Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento exonerará a la Junta de Extremadura de cualquier tipo de responsabilidad
frente a terceros por reclamaciones de cualquier índole dimanante de los suministros, materiales,
procedimientos y medios utilizados para la ejecución de la resolución procedente de los titulares de derechos
de propiedad industrial e intelectual sobre ellos.
Si fuera necesario, el encargado del tratamiento estará obligado, antes de la firma de la resolución a
obtener las licencias y autorizaciones precisas que le legitimen para la ejecución de la misma.
En caso de acciones dirigidas contra la Junta de Extremadura por terceros titulares de derechos sobre los
medios utilizados por el encargado del tratamiento para la ejecución de la resolución, éste responderá ante
la Junta de Extremadura del resultado de dichas acciones, estando obligado, además, a prestarle su plena
ayuda en el ejercicio de las acciones que competan a la Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento no podrá hacer uso del nombre, marca o logotipo que le haya facilitado la
Junta de Extremadura para el cumplimiento de sus obligaciones dimanantes de la presente resolución, fuera
de las circunstancias y para los fines expresamente pactados en éste, ni una vez finalizada la ejecución de la
misma.
«Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU»