Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Transformación Digital. Subvenciones. (2025060527)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Secretaría General, de concesión directa sin convocatoria de una subvención a la Asociación Profesional de Agricultores y Ganaderos-Asociación Agraria Jóvenes Agricultores (APAG-ASAJA-Cáceres) para el desarrollo del programa "Competencias Digitales para el Sector Agrario en Zonas de Prioridad Demográfica", en las anualidades 2024, 2025 y 2026, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.
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NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025

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emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que diga “financiado
por la Unión Europea – NextGenerationEU” junto al logo del PRTR.
De este modo, toda la documentación relativa a la resolución deberá contener tanto
en su encabezamiento como en su cuerpo de desarrollo la referencia al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”. En cumplimiento de la normativa establecida se procede a incluir dichas
referencias en toda la documentación correspondiente a esta actuación.
H. SUJECIÓN A CONTROLES (artículo 132 del Reglamento Financiero).
En este sentido, deberá conservar los originales de las facturas, documentos justificativos y demás documentación concerniente a la financiación, en formato electrónico,
recibida durante el plazo de 5 años en virtud de lo establecido en el artículo 132.1 del
Reglamento Financiero y del artículo 22.2.f) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Estos documentos estarán a disposición de la
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura, de la Intervención General de la Junta de Extremadura, de la Comisión Europea, la
OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea.
Además, estarán obligatoriamente sujetos al control de auditoría de la Comisión Europea, el Tribunal de cuenta, la OLAF y la Fiscalía Europea. Así como de los órganos
correspondientes de la AGE y un control interno del propio órgano gestor.
Además, existe un control interno desde la Secretaría General, Unidad de Seguimiento
y Control de Fondos Europeos que permite verificar la ejecución de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de manera conforme a la normativa establecida.
Decimocuarto. Incumplimiento y reintegro.
El incumplimiento por parte de la Asociación, del destino, finalidad o justificación dentro del
plazo concedido, así como la concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 43
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dará lugar, previa audiencia al interesado, al reintegro de la cantidad percibida y la
exigencia del interés de demora desde el momento del primer pago de la subvención, hasta
la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro. Las cantidades a reintegrar tendrán
la consideración de ingresos de derecho público y dicho procedimiento se regulará por lo establecido en los artículos 42 a 49 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma.