Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Transformación Digital. Subvenciones. (2025060527)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Secretaría General, de concesión directa sin convocatoria de una subvención a la Asociación Profesional de Agricultores y Ganaderos-Asociación Agraria Jóvenes Agricultores (APAG-ASAJA-Cáceres) para el desarrollo del programa "Competencias Digitales para el Sector Agrario en Zonas de Prioridad Demográfica", en las anualidades 2024, 2025 y 2026, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.
56 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025
11142
— Memoria de difusión. Memoria que debe contener el detalle de las actuaciones de difusión y divulgación llevadas a cabo. Se incluirán las fechas de realización, duración,
medios de difusión empleados, dossier fotográfico de los eventos, etc.
— Memoria de publicidad de los fondos MRR. Incluirá todo el detalle que acredite el cumplimiento de los criterios de publicidad de los fondos MRR. Se deberán incluir fotografías
de los carteles publicitarios, presentaciones, material formativo, material divulgativo,
etc., según lo dispuesto en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, (DOE núm. 42, de 10 de
abril), sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayuda de la
Junta de Extremadura.
El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejado el reintegro en las condiciones previstas en el artículo
43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Según lo dispuesto en el artículo 79 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones,
los beneficiarios estarán dispensados de la obligación de presentación de libros, registros y
documentos de trascendencia contable o mercantil o cualquier otra documentación justificativa de los gastos realizados, sin perjuicio de la obligación del beneficiario de conservar los
documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos
electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las correspondientes actuaciones de comprobación y control, según dispone el artículo 14.1.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así
como de cualquier otra obligación derivada de la normativa estatal o de la Unión Europea que
así lo exija.
Sin perjuicio de lo anterior la actuación subvencionada estará sujeta al control financiero que
proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La fecha límite para ejecutar las formaciones debe estar comprendida entre el inicio del periodo de ejecución de la actuación, o periodo subvencionable, es decir desde la firma de la
resolución hasta el 15 de mayo de 2026, El final del periodo de justificación se extenderá
hasta el 29 de mayo de 2026. Los certificados acreditativos de las formaciones obtenidas
expedidos deberán corresponder, en todo caso, a formaciones realizadas dentro del periodo
de ejecución.
Décimo. Subcontratación.
1. L
os contratos celebrados en el marco de la ayuda, deberán sujetarse a la normativa en materia de ayudas de Estado y aquellos a los que resulte de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de
Viernes 28 de febrero de 2025
11142
— Memoria de difusión. Memoria que debe contener el detalle de las actuaciones de difusión y divulgación llevadas a cabo. Se incluirán las fechas de realización, duración,
medios de difusión empleados, dossier fotográfico de los eventos, etc.
— Memoria de publicidad de los fondos MRR. Incluirá todo el detalle que acredite el cumplimiento de los criterios de publicidad de los fondos MRR. Se deberán incluir fotografías
de los carteles publicitarios, presentaciones, material formativo, material divulgativo,
etc., según lo dispuesto en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, (DOE núm. 42, de 10 de
abril), sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayuda de la
Junta de Extremadura.
El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejado el reintegro en las condiciones previstas en el artículo
43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Según lo dispuesto en el artículo 79 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones,
los beneficiarios estarán dispensados de la obligación de presentación de libros, registros y
documentos de trascendencia contable o mercantil o cualquier otra documentación justificativa de los gastos realizados, sin perjuicio de la obligación del beneficiario de conservar los
documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos
electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las correspondientes actuaciones de comprobación y control, según dispone el artículo 14.1.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así
como de cualquier otra obligación derivada de la normativa estatal o de la Unión Europea que
así lo exija.
Sin perjuicio de lo anterior la actuación subvencionada estará sujeta al control financiero que
proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La fecha límite para ejecutar las formaciones debe estar comprendida entre el inicio del periodo de ejecución de la actuación, o periodo subvencionable, es decir desde la firma de la
resolución hasta el 15 de mayo de 2026, El final del periodo de justificación se extenderá
hasta el 29 de mayo de 2026. Los certificados acreditativos de las formaciones obtenidas
expedidos deberán corresponder, en todo caso, a formaciones realizadas dentro del periodo
de ejecución.
Décimo. Subcontratación.
1. L
os contratos celebrados en el marco de la ayuda, deberán sujetarse a la normativa en materia de ayudas de Estado y aquellos a los que resulte de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de